Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 21 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de la Dra. ELENA ALICIA CONDOR CUYUBAMBA docente de la Facultad de Ciencias, para que, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería, exponga el trabajo titulado "Estudio fitoquímico preliminar de las hojas de yawar panga (Aristolochia cf.cauliflora Ule.)", ante el "28° ITALOLATINOAMERICAN CONGRESS OF ETHNOMEDICINE" que se realizará en la ciudad de La Habana - Cuba, del 16 al 20 de setiembre del presente año. Artículo 2º.- Otorgar a la Dra. ELENA ALICIA CONDOR CUYUBAMBA, la subvención por el monto de S/. 2 861.50 (dos mil ochocientos sesenta y uno con 50/100 soles), para sufragar los gastos que irroguen su participación en la actividad antes mencionada (inscripción y hospedaje), que será financiada a través del fondo intangible, para financiar la participación en eventos académicos, de estudiantes de pregrado y profesores, de la Universidad Nacional de Ingeniería. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará el informe, detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, presentará la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los recursos directamente recaudados del Vicerrectorado de Investigación. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector 1808880-1

Que, el Vicerrectorado de Investigación de la UNI mediante el documento del visto, solicita al Despacho del Rectorado se otorgue al Mag. ABEL FERNANDO VERGARA SOTOMAYOR docente de la Facultad de Ingeniería Química y Textil, la subvención por el monto de S/. 3 300.00 (tres mil trescientos con 00/100 soles), para cubrir los costos (inscripción, hospedaje, alimentación y movilidad), que genere su participación en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería en "The Annual Event of the European Federation of Corrosion ­ EUROCORR 2019" que se realizará en la ciudad de Sevilla - España, del 09 al 13 de setiembre del presente año, de conformidad a lo aprobado por la Sub Comisión de la Comisión de Investigación en la sesión N° 092019 del 18 de junio de 2019; Estando al Proveído N° 3572-2019/Rect.- del Despacho del Rectorado, y de conformidad con el artículo 25°, inciso b) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Mag. ABEL FERNANDO VERGARA SOTOMAYOR docente de la Facultad de Ingeniería Química y Textil, para que, en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería, participe en "The Annual Event of the European Federation of Corrosion ­ EUROCORR 2019" que se realizará en la ciudad de Sevilla - España, del 09 al 13 de setiembre del presente año. Artículo 2º.- Otorgar al Mag. ABEL FERNANDO VERGARA SOTOMAYOR, la subvención por el monto de S/. 3 300.00 (tres mil trescientos con 00/100 soles), para sufragar los gastos que irroguen su participación en la actividad antes mencionada (inscripción, hospedaje, alimentación y movilidad), que será financiada a través del fondo intangible, para financiar la participación en eventos académicos, de estudiantes de pregrado y profesores, de la Universidad Nacional de Ingeniería. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará el informe, detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, presentará la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la Ley N° 27619, con cargo a los recursos directamente recaudados del Vicerrectorado de Investigación. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector 1808881-1

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Ingeniería a España, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0970 Lima, 9 de julio de 2019 Visto el Oficio Nº 443-kfigueroac-UNI/2019 de fecha 01 de julio de 2019, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en el numeral 6.5, del artículo 6º, establece como uno de los fines de la Universidad, el de realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística; Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; estableciéndose su reglamentación a través del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013.PCM, en el que se aprueba la escala de viáticos; Que, mediante la Resolución Rectoral N° 408 del 08 de marzo del 2013, se creó un fondo intangible, para financiar la participación en eventos académicos, de estudiantes de pregrado y profesores, de la Universidad Nacional de Ingeniería; incrementándose la retención de los recursos directamente recaudados al 0,5%; mediante Resolución Rectoral N° 1724 de fecha 27 de noviembre de 2014; Que, el Consejo Universitario por la Resolución Rectoral N° 0097 del 24 de enero del 2017, aprobó el Reglamento de Subvención a Estudiantes y Docentes para su Participación en Conferencias y Estadías de Investigación; modificado por Resolución Rectoral N° 524 del 26 de abril de 2017;

Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de Ingeniería a España, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1158 Lima, 14 de agosto de 2019 Visto el Oficio N° 616-CTlC-UNl/Dirección/2019, con Expediente STDUNI N° 87024-2019, del Director del Centro de Tecnologías de Información y Comunicaciones (CTIC-UNI); CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en el numeral 6.5, del artículo 6º, establece como uno de los fines de la Universidad, el de realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística; Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos