Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Sábado 21 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones precisa en el referido informe que, durante los días 25 y 26 de setiembre de 2019, la embajada de los Estados Unidos de América en Perú ha programado en la ciudad de Miami, Estado de Florida de los Estados Unidos de América, reuniones técnicas de trabajo con la Superintendente Nacional de Migraciones, por lo que solicita se autorice el viaje al exterior de la citada funcionaria, del 22 al 26 de setiembre de 2019; Que, cabe señalar que con Resolución Ministerial N° 1374-2019-IN de fecha 06 de setiembre de 2019, se autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la Superintendente Nacional de MIGRACIONES, del 18 al 21 de setiembre de 2019, a la ciudad de Miami, Estado de Florida de los Estados Unidos de América, para participar de una pasantía en materia de control de puertos y aeropuertos organizada por la Sección de Asuntos Antinarcóticos y la Aplicación de la Ley (SAAL) de la Embajada de los Estados Unidos de América; Que, la participación de la mencionada funcionaria en los eventos indicados, se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones, resultando por ello de interés institucional y nacional la aprobación de la ampliación de permanencia en el exterior de la citada funcionaria, debiendo señalarse que los gastos que irroga su participación en el evento del 24 de setiembre de 2019, por concepto de pasajes aéreos en la ruta Miami ­ Distrito de Columbia (ida y retorno) y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 002182-2019-PP/ MIGRACIONES; por otro lado, los gastos que irroga su participación en las reuniones técnicas de los días 25 y 26 de setiembre del presente año, por concepto de viáticos y pasaje aéreo (retorno Miami ­ Lima), son asumidos por la Sección de Asuntos Antinarcóticos y la Aplicación de la Ley (SAAL) de la Embajada de los Estados Unidos de América en mérito a lo dispuesto mediante Resolución Ministerial N° 1374-2019-IN y a lo señalado en el Informe N° 000611-2019-AJ/MIGRACIONES; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios

Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-IN; la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN; el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-IN y su modificatoria. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en comisión de servicios, de la señora Frieda Roxana Del Águila Tuesta, Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 22 al 26 de setiembre de 2019, en los Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos Viáticos 724,59 X 440,00 X 3 Días X X Personas 1 1 = = Total US$ 724,59 1 320,00

Artículo 3.- Disponer que la funcionaria cuya ampliación de permanencia en el exterior se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1809417-1

Autorizan viaje de suboficial PNP a Cuba, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1430-2019-IN Lima, 20 de setiembre de 2019 VISTOS, el Oficio N° 1593-2019-COMGEN-PNP/ SECEJE/UTD-OR de la Jefatura de la Oficina de Resoluciones de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 002382-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 0158-2019-IN-SALUDPOL-GG de fecha 16 de agosto de 2019, la Gerencia General del Fondo de