Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 21 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Primero.- Aprobar la incorporación de una (01) tarifa en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. Nº 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015, la misma que consta de un (01) folio, que sellada y rubricada por el Secretario General (e) de la Universidad, forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación del anexo a través del Centro Universitario de Cómputo e Informática en el portal electrónico de la universidad, conforme lo dispone el Art. 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo Tercero.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Editorial Universitaria, la Dirección General de Administración, así como las Oficinas Centrales de Planificación y Económico Financiera, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE JUAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1808961-1

el concejo municipal, para lo cual, además, remite el comprobante original (fojas 34), correspondiente a la tasa por convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de suspensión de regidor, de conformidad con lo establecido en el ítem 2.32 de la Resolución Nº 0554-2017-JNE, de fecha 26 de diciembre de 2017, que aprueba la Tabla de tasas en materia electoral. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 25, numeral 4, de la LOM, el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo "por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal". Ahora bien, a diferencia de lo que ocurre con los procedimientos de vacancia, en los que se exige legalmente el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de los miembros del concejo municipal para que proceda la vacancia de una autoridad municipal, la ley no exige ningún régimen de mayoría calificada para que se suspenda a un alcalde o regidor, por lo que resulta suficiente, para tal efecto, que se registre el voto aprobatorio de la mitad más uno de los asistentes a la sesión de concejo. 2. En ese orden normativo, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de suspensión, conforme a lo prescrito en los artículos 23 (de aplicación supletoria al caso concreto) y 25 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y las garantías inherentes a estos. 3. En el presente caso, el Concejo Provincial de Huancayo, por acuerdo adoptado en la sesión ordinaria, de fecha 5 de junio de 2019, declaró la suspensión del regidor Héctor Pedro Huamán Pérez, por el término de quince (15) días calendario, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 4, de la LOM, esto es, por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal. Decisión que se formalizó, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 075-2019-MPH-CM, el cual fue notificado a la autoridad cuestionada, el 11 de junio de dicho año, tal como se tiene del documento obrante a fojas 10 vuelta. 4. Asimismo, a través del Informe Nº 070-2019-MPH/ SG, de fecha 19 de agosto de 2019 (fojas 9 y vuelta), la Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Huancayo informó al alcalde que el referido acuerdo de concejo se encuentra consentido y firme. Dicho instrumento acredita que la autoridad cuestionada no presentó recurso impugnatorio contra el citado acuerdo de concejo. 5. En consecuencia, al quedar consentida la declaración de suspensión, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Aldo Briceño Briceño, identificado con DNI Nº 70416690, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Político Regional Perú Libre, para que asuma, de manera provisional, por el periodo de quince (15) días calendario, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancayo. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente, y por el periodo de quince (15) días calendario, la credencial que le fuera otorgada a Héctor Pedro Huamán Pérez como regidor del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2018, por la causal de sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal, contemplada en el artículo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma de manera provisional el cargo de regidor del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 0132-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019001960 HUANCAYO - JUNÍN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, nueve de setiembre de dos mil diecinueve VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por José L. Alvino Arge, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huancayo, departamento de Junín, debido a que se declaró la suspensión del regidor Héctor Pedro Huamán Pérez, por la causal de sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal, contemplada en el artículo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES El 4 de setiembre de 2019 (fojas 1), José L. Alvino Arge, secretario general de la Municipalidad Provincial de Huancayo, pone en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones el Acta Nº 11-2019-MPH/CM, correspondiente a la XI sesión ordinaria, del 5 de junio de 2019 (fojas 11 vuelta a 33 y vuelta), mediante la cual el Concejo Provincial de Huancayo declaró la suspensión del regidor Héctor Pedro Huamán Pérez, por el término de quince (15) días calendario, debido a que incurrió en la causal establecida en el artículo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Dicha decisión se formalizó mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 075-2019-MPH-CM (fojas 2 y vuelta). Por ello, y en cumplimiento del artículo 24 del mencionado cuerpo normativo, solicita que se convoque al suplente que corresponda para completar