Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Sábado 21 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señala que, la autorización para viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que, la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud modificada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 001-003-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios, el viaje del médico cirujano Jonh Maximiliano Astete Cornejo, profesional del Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud - CENSOPAS del Instituto Nacional de Salud - INS, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 23 al 27 de setiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 131: Instituto Nacional de Salud, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje tarifa económica para 1 persona (c/persona US$ 1,629.30 incluido TUUA) : US$ 1,629.30 - Viáticos por 04 días para 1 persona (c/persona US$ 1,760.00 incluidos gastos de instalación) : US$ 1,760.00 ------------------TOTAL : US$ 3,389.30

Autorizan viaje de funcionario y profesional del Ministerio a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 875-2019/MINSA Lima, 20 de setiembre del 2019 Vistos, los Expedientes N°s 19-100768-003 y 19100768-008 que contienen la Nota Informativa N° 279-2019-DGAIN/MINSA emitida por la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° A13/098, de fecha 2 de setiembre de 2019, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Salud de la República de Chile hace de conocimiento de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional del Ministerio de Salud que, se ha programado realizar la segunda reunión presencial para finalizar el diseño del Plan Quinquenal de Fronteras Chile - Perú, del 23 al 24 de setiembre de 2019, en la ciudad de Arica, República de Chile; Que, el mencionado evento tiene como objetivo finalizar el diseño del Plan Quinquenal de Fronteras Chile - Perú, siendo uno de sus ejes prioritarios la asistencia técnica en procesos de aseguramiento en salud en las fronteras; Que, con el documento de vistos, se solicita la autorización de viaje al exterior del médico cirujano Alfredo Víctor Laguna Urdanivia, Director Ejecutivo de la Dirección de Aseguramiento en Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud, y de la abogada Fiorella Geraldine Astigueta Navarrete, profesional de la Dirección de Aseguramiento en Salud de la Dirección General de Aseguramiento e Intercambio Prestacional del Ministerio de Salud, para su participación en el referido evento; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, mediante Informe N° 391-2019-EGC-ODRHOGGRH/MINSA, comunica la condición laboral de los mencionados profesionales; Que, con Memorando N° 2018-2019-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración informa que los gastos que irroga dicho viaje al exterior por conceto de viáticos, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional según la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000006520, correspondiente a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud; siendo que los citados profesionales asumirán el costo del transporte vía terrestre desde la ciudad de Tacna a la ciudad de Arica y viceversa; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y atendiendo a la temática y el objetivo del evento antes señalado, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los citados profesionales; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señala que, la autorización para viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que, la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento;

Artículo 3.- Disponer que el citado comisionado, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1809719-3