Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 21 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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la Directiva Nº 004-2018-DP/SSG "Lineamientos para la solicitud, uso y rendición de viáticos otorgados por viaje en comisión de servicios al interior y exterior del país del Despacho Presidencial", aprobada por la Resolución de Subsecretaría General N° 020-2018-DP/SSG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Manuel Gil de Montes Molinari, Director General de la Oficina de Protocolo del Despacho Presidencial, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 22 al 26 de setiembre de 2019, para los fines expuesto en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Autorizar el viaje del General de Brigada EP, Wuilliam Saturnino Flores Zúñiga, Jefe de la Casa Militar, y de la señora Mónica Patricia Moreno Martínez, Secretaria de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 24 al 26 de setiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle:
Carlos Manuel Gil de Montes Molinari Pasaje aéreo (incluido TUUA) Viáticos US$ 440.00 x 1+3 Wuilliam Saturnino Flores Zúñiga Pasaje aéreo (incluido TUUA) Viáticos US$ 440.00 x 2 Mónica Patricia Moreno Martínez Pasaje aéreo (incluido TUUA) Viáticos US$ 440.00 x 2

US$ 1,732.00 US$ 1,760.00 US$ 2,233.46 US$ 880.00 US$ 2,233.46 US$ 880.00

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas cuyo viaje se autoriza deberán presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 5.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros 1809718-2

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de Director General de la Dirección General Agrícola del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0297-2019-MINAGRI Lima, 19 de setiembre de 2019 VISTOS; la Carta N° 230-2019/APPCACAOPRESIDENCIA, de la Asociación Peruana de Productores de Cacao, el Oficio N° 1436-2019-MINAGRI-DVDIAR/ DGA-DG, de la Dirección General Agrícola; y, el Informe Legal N° 1026-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura

y Riego, modificada por la Ley N° 30048, el Ministerio de Agricultura y Riego es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, delimitando como ámbito de competencia, entre otros, los cultivos y crianzas; Que, el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI y modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 001-2017-MINAGRI, establece que la Dirección General Agrícola es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, a los servicios financieros y de seguros, en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia; así como promover una oferta agrícola nacional competitiva, con valor agregado y sostenible, en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente; señalando en los literales b) y h) del artículo 59 que son funciones de la Dirección General Agrícola, promover y articular la oferta agrícola nacional competitiva y sostenible, para facilitar su acceso a las oportunidades de mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores competentes, así como la organización de los agentes económicos y las cadenas productivas en la actividad agrícola, respectivamente; Que, a través de la Carta N° 230-2019/APPCACAOPRESIDENCIA, el Presidente de la Asociación Peruana de Productores de Cacao - APPCACAO, cursa invitación al Ministerio de Agricultura y Riego, para participar en la Mesa de Trabajo desarrollada sobre el Modelo Cooperativo e Instrumentos de Fomento para el sector agrario, la cual se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 23 al 27 de setiembre de 2019; Que, con el Oficio N° 1436-2019-MINAGRI-DVDIAR/ DGA-DG, de fecha 16 de setiembre de 2019, el Director General de la Dirección General Agrícola solicita al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego autorice su participación en el mencionado evento, el cual permitirá el intercambio técnico sobre las políticas públicas de apoyo al sector en tema de competitividad de los pequeños productores a través de las cooperativas, lo cual contribuirá a proponer un nuevo marco que impulse su desarrollo, promoción e inclusión; conocer la institucionalidad y políticas priorizadas de los diversos sectores, público y privado, involucrados en el desarrollo cooperativo colombiano, con miras a la conformación de una mesa técnica de trabajo para la regulación de las cooperativas agrarias en términos de organización, funcionamiento, regulación, promoción y fomento; e identificar acciones para la implementación de avances en temas de mercado para la producción de algodones sostenibles de los países participantes del proyecto Más Algodón; Que, al respecto el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego autoriza la participación del Director General de la Dirección General Agrícola en la Mesa de Trabajo desarrollada sobre el Modelo Cooperativo e Instrumentos de Fomento para el sector agrario; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público se otorgará por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gastos al Estado (por concepto de pasajes aéreos y viáticos), estos serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, según lo