Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de setiembre de 2019 /

El Peruano

EDUCACION
Designan Directora de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 463-2019-MINEDU Lima, 19 de setiembre de 2019 VISTOS, el Expediente N° VMGP2019-INT-0189205, el Oficio N° 135-2019-MINEDU/VMGP del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 00246-2019-MINEDU/SG-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 331-2019-MINEDU se encargaron las funciones de Directora de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo de funciones al que se hace referencia en el considerando precedente y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Directora de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones conferido mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 331-2019-MINEDU. Artículo 2.- Designar a la señora NIRMA AMELIA ARELLANO NUEVO en el cargo de Directora de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1808874-1

CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, tiene por objeto normar la formación profesional de la Policía Nacional del Perú que se imparte en las Escuelas que para dicho fin se crean; el Sector Interior a través de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, ejerce rectoría respecto a la política de orden interno y seguridad; Que, mediante Decreto Supremo N° 022-2017-IN, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318, norma que regula entre otros aspectos, el proceso de admisión a las escuelas de pregrado que conforman la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial ­ ENFPP, estableciendo los requisitos y las etapas que comprende dicho proceso; Que, la Policía Nacional del Perú ha venido efectuando una evaluación del citado Reglamento, identificando aspectos que deben ser mejorados para la implementación de sus disposiciones y garantizar así una mayor eficiencia en la formación profesional policial, así como en la implementación del proceso de admisión a las unidades académicas de pregrado de la ENFPP; Que, concordante con la Política Nacional de Inclusión Social, resulta pertinente considerar un porcentaje de vacantes en el proceso de admisión para las escuelas de formación de las ENFPP, para los integrantes de los pueblos indígenas u originarios, reconocidos como tales por la base de datos oficial del Ministerio de Cultura, lo que permitirá que la institución policial pueda llegar mejor a dichas comunidades en el ejercicio de su función policial; Que, asimismo la ENFPP propone la modificación de su proceso de admisión en los siguientes aspectos: i) la denominación de la "Prueba de Poligrafía" por "Prueba de Control y Confianza", ii) que dicha prueba tenga carácter referencial y no eliminatorio y iii) el orden de las etapas del proceso de selección para la admisión a las Escuelas de Pregrado de la ENFPP, considerando a la "Prueba de Control y Confianza" como penúltima etapa, antes de la Entrevista Personal; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2019-IN; DECRETA: Artículo 1.- Modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017IN Modifícanse los artículos 70, 70-A, 86, 93 y la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-IN y modificado por Decreto Supremo N° 002-2019-IN, en los siguientes términos: "Artículo 70.- Del proceso de admisión a las Escuelas de Pregrado de la ENFPP El proceso de admisión a las Escuelas de Pregrado de la ENFPP se realiza mediante concurso público de méritos, bajo la normativa aprobada por la Dirección de la ENFPP. Los exámenes y resultados del proceso de admisión son inimpugnables. La ENFPP otorgará las bonificaciones, reservas de vacantes y demás derechos establecidos en el marco normativo vigente, a los postulantes que califiquen como beneficiarios en cada proceso de admisión. La ENFPP en los procesos de admisión a las Escuelas de Educación Superior Técnico Profesional, podrá reservar hasta cero punto siete por ciento (0.7%) de la totalidad de las vacantes establecidas, para los postulantes de los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos como tales por la Base de Datos oficial

INTERIOR
Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017IN
DECRETO SUPREMO Nº 021-2019-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA