Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2019 (21/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Sábado 21 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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selección respectivos, de conformidad con la normatividad aplicable. c) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimentos de selección, realizados en el marco del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 071-2018-PCM y modificatorias. d) Suscribir los contratos derivados de procedimientos de selección, de conformidad con la normatividad aplicable. e) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes, servicios, obras y consultoría de obras, previo informe técnico de los equipos correspondientes de la Unidad Funcional "Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción con Cambios", de conformidad con la normatividad aplicable. f) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, en el caso de bienes, servicios, consultoría de obras y ejecución de obras, hasta por el porcentaje máximo permitido en la normatividad aplicable, previo Informe de la Unidad Funcional ­ Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción con Cambios. g) Autorizar y suscribir contrataciones complementarias, de conformidad con la normatividad aplicable. h) Aprobar la subcontratación de prestaciones a cargo del contratista, hasta por un máximo del cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original, según corresponda. i) Resolver los contratos de bienes, servicios, obras y consultoría de obras, así como efectuar los actos previos necesarios para cumplir con dicha finalidad. j) Acordar por escrito con el contratista la suspensión del plazo de ejecución de la obra, previo Informe de la Unidad Funcional ­ Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción con Cambios. k) Autorizar la postergación hasta por un plazo de dos (2) días hábiles del otorgamiento de la buena pro, previo informe de la Oficina de Abastecimiento que explique las razones debidamente justificadas para la postergación. l) Autorizar el pago de mayores metrados en los contratos de obra bajo el sistema de precios unitarios. m) Evaluar y aprobar las solicitudes de mayores y menores gastos generales por ampliación de plazo para el caso de obras y consultoría de obras. n) Registrar en el SEACE los nombres y apellidos completos del arbitro único o árbitros que conforman el Tribunal Arbitral y del secretario arbitral. o) Remitir al OSCE las sentencias que resuelvan de manera definitiva el recurso de anulación. p) Invitar a los postores que participaron en el procedimiento de selección que derivó de un contrato declarado resuelto para que manifiesten su intención de ejecutar las prestaciones pendientes de ejecución, de conformidad con la normatividad aplicable. q) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje, contando para ello con la representación del Procurador Público a cargo de la defensa de los intereses de la Entidad. r) Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procesos de contratación, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado, y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban realizarse por mandato legal y los pedidos de información y consulta que resulte necesario realizar ante otras entidades, vinculados a las contrataciones del Estado. s) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje, contando para ello con la representación del Procurador Público a cargo de la defensa de los intereses del Ministerio de Salud. 1.3. Al/a Coordinador/a de la Unidad Funcional "Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción con Cambios": a) Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o similares y la ejecución de inversiones declaradas viables. b) Aprobar el expediente técnico o documento equivalente, previa conformidad técnica de los equipos

correspondientes de la Unidad Funcional "Unidad de Gestión de Inversiones de Reconstrucción con Cambios". c) Designar a los miembros del Comité de Recepción de Obra. d) Aprobar la liquidación de los contratos de obra y consultoría de obra, conforme a la normatividad aplicable. e) Presentar a la Autoridad de Reconstrucción con Cambios las solicitudes de financiamiento a que se refiere el Art. 5 del Reglamento de la Ley Nº 30556. Artículo 2.- Del Órgano encargado de las contrataciones para los procedimientos realizados en el marco de la normatividad de Reconstrucción con Cambios Establecer que la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud actúa como el órgano encargado de las contarataciones que realice el Ministerio de Salud en el marco de la normatividad de Reconstrucción con Cambios. Artículo 3.- Normatividad aplicable Las facultades delegadas en la presente Resolución Ministerial se sujetan a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por Decreto Supremo Nº 094-2018PCM y modificatorias; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2019-PCM y modificatorias, el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 071-2018-PCM y modificatorias, y en todo lo no regulado y siempre que no contravenga la normatividad antes indicada, es de aplicación supletoria el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF. Artículo 4.- De la delegación de facultades Lo dispuesto en la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, a fin de garantizar la correcta conducción de la gestión de los sistemas administrativos que les correspondan; debiendo los funcionarios informar semestralmente respecto a los resultados de la gestión a la Secretaría General, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de culminado el semestre, para su consolidación y remisión al Despacho Ministerial. Artículo 5.- Publicación en Portal Institucional Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1809294-1

Aceptan renuncia de Coordinadora General del Programa Nacional de Inversiones en Salud - PRONIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 871-2019/MINSA Lima, 20 de setiembre del 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 539-2019/ MINSA, de fecha 18 de junio de 2019, se designó a la ingeniero economista Luzgarda Quillama Torres, en el cargo de Coordinadora General del Programa Nacional de