Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2019 (06/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Sábado 6 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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marzo de 2019, los señores Yat Sen Kung Damian y Domingo Antonio Santiago Figueroa, cumplieron con presentar su recibo de pago con el cual acreditan que han abonado el derecho por inscripción en el Registro de Peritos Judiciales ­ REPEJ de esta Corte, como peritos de la especialidad de arquitectura y grafotécnia, respectivamente, conforme a los plazos establecidos en el cronograma de la convocatoria. Por Resolución Administrativa N° 533-2019-P-CSJLIMASUR/PJ, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, aprobó la Nómina de Profesionales y/o Especialistas inscritos en el Registro de Peritos Judiciales ­ REPEJ de esta Corte, correspondiente al periodo 2019; habiéndose omitido consignar a los mencionados profesionales en las especialidades indicadas. Mediante Resolución Administrativa N° 609-98-CMEPJ de fecha 13 de abril de 1998 se creó el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) en cada uno de los distritos judiciales de la República, en el que se inscribían los profesionales o especialistas que podrán ser nombrados peritos en los procesos judiciales, habiéndose aprobado por Resolución Administrativa del Titular de Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 25 de agosto de 1998, el Reglamento de Peritos Judiciales, el cual fue modificado por Resolución Administrativa N° 436-98-SE-TP-CME-PJ. En el artículo 19° del Reglamento de Peritos Judiciales se establece que, culminado el Proceso de Evaluación y Selección, corresponde al Presidente de la Corte Superior de Justicia respectiva aprobar la nómina de profesionales y especialistas a ser inscritos en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), emitiendo la correspondiente Resolución Administrativa. En tal sentido, conforme a lo señalado precedentemente, corresponde integrar a los profesionales antes mencionados en la nómina de peritos judiciales de esta Corte, en la especialidad de arquitectura y grafotécnia, respectivamente. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de Justicia en pro de los justiciables. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INTEGRAR en la Nómina de Profesionales y/o Especialistas inscritos en el Registro de Peritos Judiciales ­ REPEJ, de esta Corte Superior de Justicia, correspondiente al periodo 2019, aprobada por R.A. N° 409-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, a los señores Yat Sen Kung Damian y Domingo Antonio Santiago Figueroa, en las especialidad de arquitectura y grafotécnia, respectivamente; debiendo el Área de Servicios Judiciales expedirles la constancia de inscripción respectiva en coordinación con la Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia; así como, ingresarlos como peritos de las especialidades indicadas en el sistema informático respectivo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación Judicial, a la Fiscalía de la Nación, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, a la Gerencia de Administración Distrital y a los Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL Presidente 1758079-2

Convocan al inicio del proceso de inscripción y/o reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el año judicial 2019
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 575-2019-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 5 de abril de 2019. VISTOS: La Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ de fecha 12 de agosto de 2017 emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Resolución Jefatural N° 173-2019-SUNARP-Z.R.N° IX/JEF de fecha 01 de abril de 2019, expedida por el Jefe de la Zona Registral N° IX de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; y, el Informe N° 030-2019-CSJ-CSJLIMASUR/PJ, cursado por la Coordinadora del Área de Servicios Judiciales. CONSIDERANDO: Por Resolución Jefatural N° 173-2019-SUNARPZ.R.N° IX/JEF de fecha 01 de abril de 2019, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, dispuso la habilitación anual para ejercer el cargo de Martillero Público durante el año 2019, a los martilleros públicos incluidos en la lista aprobada mediante la referida resolución. Mediante Informe N° 030-2019-CSJ-CSJLIMASUR/ PJ, cursado por la Coordinadora del Área de Servicios Judiciales de esta Corte, por el que se comunica que, habiéndose emitido la Resolución Jefatural N° 173-2019-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, resulta necesario iniciar el proceso de inscripción y/o reinscripción en la Nómina de Martilleros Públicos de esta Corte Superior de Justicia correspondiente al período 2019. Conforme con lo previsto en el artículo 4° del Reglamento de la Ley del Martillero Público, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, el trámite de inscripción por parte de los Martilleros Públicos en el Registro de Martilleros Públicos del Órgano Desconcentrado designado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, debe ser llevado a cabo en forma anual en cada Corte Superior de Justicia, luego de declarada la habilitación anual de los mismos por el órgano competente. En el Procedimiento N° 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (T.U.P.A.) del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ, se establecen los requisitos para la Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos en cada Corte Superior de Justicia, los cuales deben realizarse anualmente. Atendiendo a que el órgano competente ya ha declarado la habilitación anual para ejercer el cargo de Martillero Público, y que el trámite de inscripción de los Martilleros Públicos en cada Corte Superior de Justicia debe realizarse anualmente, corresponde establecer el plazo de presentación de las solicitudes de inscripción y revalidación de la nómina de Martilleros Públicos que prestaran sus servicios en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur durante el año 2019, conforme con los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa, dirige la política interna en el Distrito Judicial a su cargo, por tal motivo interviene en la regulación de las actividades de las diversas áreas administrativas, con la finalidad de cautelar la pronta administración de justicia, adoptando las medidas administrativas necesarias para su adecuado funcionamiento.