Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2019 (06/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 6 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en el numeral 10.1 de su artículo 10 dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa LAN PERU S.A. presenta a la Autoridad Aeronáutica Civil, una solicitud para efectuar chequeo técnico de verificación de competencia a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 01 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando precedente, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe N° 095 -2019-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe N° 115-2019MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la Dirección General de Aeronáutica Civil señala a través de su Informe N° 115-2019MTC/12.04, que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza en cumplimiento de sus funciones atribuidas en la Ley N° 27261, Ley de
Código: F-DSA-P&C-002

Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, Decreto Supremo que Aprueba el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor OSCAR ALBERTO PARODI SOLARI, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, del 24 al 26 de abril de 2019, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A., a través de los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revisión: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 24 AL 26 DE ABRIL DE 2019 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 095-2019-MTC/12.04 Y Nº 115-2019-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA DETALLE Chequeo técnico Inicial como Primer Oficial en el Avión y Habilitación en el equipo B-767 en la ruta Lima ­ Miami ­ Lima a su personal aeronáutico. RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs.

671-2019-MTC/12.04

24-Abr

26-Abr

US$ 660.00 LAN PERU S.A

PARODI SOLARI, OSCAR ALBERTO

MIAMI

5297-5298

1756327-1

Aprueban texto del Convenio de Estabilidad Jurídica a ser celebrado por la República del Perú, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y PROINVERSIÓN, con Trabajos Marítimos S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 245-2019 MTC/01 Lima, 3 de abril de 2019

VISTOS: El Oficio Nº 95-2019/PROINVERSIÓN/DSI, el Informe Técnico Nº 29-2019/DSI y el Informe Legal Nº 035-2019/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, el Memorándum Nº 0240-2019MTC/19 e Informe Técnico Legal Nº 0073-2019-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes y el Informe Nº 003-2019-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el artículo 38 del Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada,