Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2019 (06/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 6 de abril de 2019

NORMAS LEGALES ORGANISMOS EJECUTORES

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De conformidad con la Ley Nº 30156, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1448; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 046-2019-PCM Decreto Supremo que ratifica procedimientos administrativos de las entidades del Poder Ejecutivo como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dispóngase la simplificación y reemplazo de los requisitos de los procedimientos administrativos, detallados en el Anexo 1 el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.Adecuar los procedimientos administrativos que se encuentran contenidos en el TUPA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2016-VIVIENDA y modificatorias, a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial; así como retirar del mismo, el procedimiento contenido en la Ficha del Análisis de Calidad Regulatoria - ACR 1668 "Actualización de inscripción de productores en el registro nacional de producción y reaprovechamiento de biosólidos", que fue declarado improcedente por encontrarse en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2017-PCM, como resultado del Análisis de Calidad Regulatoria, señalado en el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Dispóngase la eliminación de los procedimientos administrativos, conforme al detalle señalado en el Anexo 3 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- Dispóngase y comuníquese a todos los órganos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el cumplimiento inmediato de lo dispuesto en la presente Resolución, sin perjuicio de la actualización del TUPA de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias. Artículo 5.- Remitir a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución, así como los Anexos a que se hacen referencia en los artículos precedentes. Artículo 6.- Publíquese la presente Resolución en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente difúndase a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1758085-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Entidades Ejecutoras en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 046-2019-DV-PE Lima, 5 de abril de 2019 VISTO: El Memorando N° 000014-2019-DV-GG-PP, mediante el cual el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", remite el Anexo N° 01 que detalla los Proyectos, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite v) del inciso a) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 00030-2019-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de Proyectos que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", los mismos que cuentan con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", en el año 2019, DEVIDA suscribió Adendas con diversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de proyectos hasta por la suma de DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/