Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2015 (12/09/2015)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Sábado 12 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

561337

5. Desarrollado el cuadro de coordenadas se verifica un área de 244.63 m2 (antes corralón 149), un área de 225.06 m2 (antes corralón 150), un área de 239.89 m2 (antes corralón 151), un área de 227.51 m2 (antes corralón 152), un área de 232.40 m2 (antes corralón 153), un área de 220.17 m2 (antes corralón 156), un área de 206.69 m2 (antes corralón 157), un área de 224.67 m2 (antes corralón 158), un área de 292.02 m2 (antes corralón 159), un área de 230.84 m2 (antes corralón 160), un área de 246.26 m2 (antes corralón 161), un área de 233.64 rn2 (antes corralón 162), un área de 380.62 m2 (antes corralón 163), un área remanente de 546.08 m2 y un área matriz de 4,172.72 m2 y algunos de sus lado de los denominados polígonos antes corralón 151, 159, 160, 161,192 y 163 que discrepan con lo consignado en el plano en evaluación por lo que deberá de ser verificado y/o corregido. 6. También se deberá presentar cuadro de datos técnico del matriz. 7. Adicionalmente para agilizar el proceso de calificación técnica se sugiere adjuntar la información técnica en medio magnético". Que, respecto a la primera y segunda observación realizada por el Registrador Público a la rogatoria presentada, se precisa que, de acuerdo a los antecedentes registrales, el terreno rústico que forma parte del denominado Maisillo, inscrito en fojas 146 tomo 380 continua en la Partida Nº 07027383, de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima, Oficina Registral Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, corresponde al polígono matriz materia de Habilitación Urbana de Oficio, el mismo que, producto de independizaciones sucesivas generó nuevas unidades inmobiliarias, conforme se detalla a continuación: · Tomo 692 Fojas 409 Partida Nº 07035307. · Tomo 692 Fojas 415 Partida Nº 07035308. · Tomo 692 Fojas 421 Partida Nº 49072836. · Tomo 692 Fojas 427 Partida Nº 44490641. · Tomo 692 Fojas 433 Partida Nº 11080628. · Tomo 692 Fojas 463 Partida Nº 47107415. · Tomo 692 Fojas 457 Partida Nº 47107407. · Tomo 692 Fojas 451 Partida Nº 44513854. · Tomo 692 Fojas 445 Partida Nº 07035310. · Tomo 692 Fojas 439 Partida Nº 07035309. · Tomo 692 Fojas 469 Partida Nº 49064955. · Tomo 692 Fojas 475 Partida Nº 47107423. · Tomo 692 Fojas 481 Partida Nº 47107431. · Tomo 692 Fojas 487 Partida Nº 47107458 · Partida Nº 13192643. Que, luego de las independizaciones señalada, queda modificada la matriz inscrita en la Ficha Nº 07027383 al área que corresponde al Pj. Cap. Julio Ponce Antúnez de Máyolo; Que, en cuanto la tercera observación que señala que no se ha cumplido con presentar la valorización de la Habilitación Urbana de Oficio, al respecto, se precisa y aclara que dicha observación no está referida al procedimiento de habilitación urbana, por lo que corresponde al administrado subsanar dicha observación; Que, respecto a los puntos 4, 5, 6 y 7, se ha procedido a la revisión y evaluación de los planos que acompaña ha la Resolución Nº 630-2014-RASS del 07.08.2014, y en virtud a ello, se elaboró los nuevos Planos PPM 062-2015-SGLHGDU-MSS; PP-063-2015-SGLH-GDU-MSS; y PTL-0642015-SGLH-GDU-MSS, la misma que acompaña en medio magnético, a fin de ser remitido a la Oficina Registral Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante Informe Nº 145-2015-GDU-MSS la Gerencia de Desarrollo Urbano, adjuntando el Informe Nº 984-2015-SGLH-GDU-MSS, el Informe Nº 026-2015-JTB, y el Informe Legal Nº 117-2015-AKEO, de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, señala que, en atención a la observación realizada a la Resolución Nº 630-2014RASS del 07.08.2014 por el Registrador Público en el procedimiento de inscripción de la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización Cap. Julio Ponce Antúnez de Mayolo, ubicado en el Sector 1, del distrito de Santiago de Surco inscrito en el Tomo 380 Fojas 146, continuada en la Partida Registral Nº 07027383, se procedió a elaborar los nuevos Planos; PPM-062-2015-SGLH-GDU-MSS; PP063-2015-SGLH-GDU-MSS; PTL-064-2015-SGLH-GDUMSS y la Memoria Descriptiva, en donde se subsanan las inconsistencia registrales advertida por el registrador;

por lo que se considera procedente modificar la citada Resolución; Que, con Informe Nº 793-2015-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente la modificación de la Resolución Nº 630-2014-RASS en los términos que indica la Gerencia de Desarrollo Urbano respecto de la Habilitación Urbana de Oficio de la Urbanización Cap. Julio Ponce Antúnez de Mayolo, Sector 1, Santiago de Surco, inscrito en el Tomo 380 fojas 146, continuado en la Partida Nº 07027383, para lo cual deberá emitirse la Resolución de Alcaldía correspondiente; Estando los Informes Nº 145-2015-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 984-2015-SGLH-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, al Informe Nº 793-2015-GAJMSS de la Gerencia de Asesoría Jurídico, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 20º y 43º numeral 6, de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR sin efecto los Planos PP060-2014-SGHRU-GDU-MSS y PTL-061-2014-SGHRUGDU-MSS, como consecuencia modificar los Artículos Segundo, Tercero, y Cuarto de la Resolución Nº 630-2014RASS y Memorias Descriptivas en la siguiente forma: "Artículo Segundo.- APROBAR los Planos PP-0632015-SGLH-GDU-MSS; PTL-064-2015-SGLH-GDUMSS y PPM-062-2015-SGLH-GDU-MSS y Memorias Descriptiva de fecha Agosto de 2015. Artículo Tercero.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribución de Áreas, del predio rústico denominado Maisillo, ubicado en el sector 1, del Distrito de Santiago de Surco inscrito en el Tomo 380, Fojas 146, continuada en la Partida Nº 07027383 y sus independizaciones que la componen contenidos en el plano PTL-064-2015SGLH-GDU-MSS, conforme al siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS INMUEBLE DENOMINADO MAISILLO CONSTITUIDO POR LA URBANIZACIÓN CAP. JULIO PONCE ANTÚNEZ DE MAYOLO (TOMO 380, FOJAS 146) DESCRIPCIÓN ÁREA ÚTIL ÁREA EN VÍA PÚBLICA ¨ ÁREA BRUTA ÁREA TOTAL (m2) 3,584.10 588.90 4,173.00 % 85.80 14.20 100.00

Artículo Cuarto.- DISPONER la inscripción Registral del cambio de rústico a urbano del predio matriz denominado Maisillo constituido por la Urbanización Cap. Julio Ponce Antúnez de Mayolo inscrito en el Tomo 380, Fojas 146, continuada en la Partida Nº 07027383 y sus independizaciones que la componen, al haberse declarado la Habilitación Urbana de Oficio, de acuerdo a los planos PP063-2015-SGLH-GDU-MSS y PTL-064-2015-SGLH-GDUMSS, que forman parte de la presente Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión individual del propietario ante el Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX -- Sede Lima, precisando que los referidos planos serán publicados en la página web institucional dele Municipalidad de Santiago de Surco: www.munisurco.gob.pe. Las áreas de vías de acuerdo al Artículo 56º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio público". Artículo Segundo.- RATIFICAR en los demás extremos la Resolución Nº 630-2014-RASS de fecha 07.08.2014. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia de la presente Resolución y de los planos que la sustentan. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1286428-1