Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2015 (12/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Ollanta Humala Tasso, por el 193° Aniversario de la Independencia Nacional, el Perú debe formar parte de la OECD para el Bicentenario de nuestra Independencia; Que, la Décimo Tercera Reunión Anual de la Asamblea General del LACF abordará los siguientes temas: "Cuestiones estructurales del sector de la venta de productos alimenticios: concentraciones y cuestiones regulatorias", así como la "Medición del impacto de la abogacía de la competencia en América Latina y El Caribe"; Que, los temas antes expuestos son fundamentales para el INDECOPI por corresponder a temas de su competencia institucional, siendo que intervenir en el debate de los mismos coadyuvará a la incorporación del Perú a la OECD mediante el intercambio de experiencias y el establecimiento de mecanismos de cooperación y diálogo con otras agencias de competencia de la región Latinoamericana; Que, asimismo, los organizadores de la Décimo Tercera Reunión Anual del LACF han solicitado contribuciones de los países para preparar la discusión sobre los mencionados temas a fin de reflejar sus experiencias en el sector; Que, el Foro Iberoamericano de Competencia (FIC), tiene por objeto tratar y debatir temas de interés común en materia de Derecho de la Competencia, así como intercambiar experiencias en la formulación y aplicación de políticas y leyes de competencia, promoviendo a la vez un diálogo para el fortalecimiento del régimen de competencia de los países iberoamericanos; Que, adicionalmente, el Perú, a través del INDECOPI, también participa como miembro del Centro Regional de Competencia para América Latina (CRC) desde el 14 de setiembre de 2011, siendo que dicho organismo tiene el propósito de desarrollar actividades enfocadas a incrementar la capacidad técnica y operativa de las agencias de competencia de América Latina y el Caribe; Que, con fecha 13 de noviembre de 2013, el INDECOPI asumió la Presidencia del Consejo Directivo y la Secretaría Ejecutiva del CRC lo que significa el reconocimiento al desarrollo de las políticas de competencia del Perú en los últimos años; Que, la Reunión Anual de la Asamblea General del CRC, tiene por objeto llevar a cabo el proceso de elección para la nueva Presidencia del CRC, conducida por el INDECOPI en su calidad de Presidente, así como la presentación de los resultados de la gestión del estado peruano respecto del CRC y la presentación de los nuevos estatutos aprobados por los países miembros que integran el Centro, entre otros aspectos que son de especial interés para el CRC; Que, el INDECOPI ha sometido a consideración la participación en los referidos eventos de los señores Jesús Eloy Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC), Roberto Carlos Daga Lázaro, Ejecutivo 1 de la Gerencia de Estudios Económicos (GEE), Carlos Beraún Mac Long, Ejecutivo 2 de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC), Mauricio Gonzales del Rosario, Gerente de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT), y Jorge Roberto Miranda Assen, Especialista 1 de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT), a fin de abordar temas de carácter institucional que coadyuvarán a la incorporación del Perú a la OECD; Que, de conformidad con lo expuesto, el viaje de representación de los señores Jesús Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de Libre Competencia (CLC), Roberto Carlos Daga Lázaro, Ejecutivo 1 de la Gerencia de Estudios Económicos (GEE), Carlos Beraún Mac Long, Ejecutivo 2 de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC), Mauricio Gonzales del Rosario, Gerente de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT), y Jorge Roberto Miranda Assen, Especialista 1 de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT) resulta de interés nacional para la promoción de las actividades del Perú en materia de política de competencia, por lo cual se estima necesario autorizar su participación en los eventos a realizarse en la ciudad de Montego Bay, Jamaica, disponiéndose, para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran los mencionados funcionarios, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto

Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; y, el inciso g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Montego Bay, Jamaica, de los señores Jesús Eloy Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de Libre Competencia (CLC), Roberto Carlos Daga Lázaro, Ejecutivo 1 de la Gerencia de Estudios Económicos (GEE), Carlos Beraún Mac Long, Ejecutivo 2 de la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC), Mauricio Gonzales del Rosario, Gerente de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT), y Jorge Roberto Miranda Assen, Especialista 1 de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 22 al 26 de septiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y de conformidad con el ordenamiento vigente. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre y Apellidos Jesús Eloy Espinoza Lozada Roberto Carlos Daga Lázaro Carlos Beraún Mac Long Mauricio Gonzales del Rosario Jorge Roberto Miranda Assen Pasaje US$ 3000 3000 3000 3000 3000 Viáticos Total Número por día Viáticos de días US$ US$ 430 430 430 430 430 3+1 3+1 3+1 3+1 3+1 1720 1720 1720 1720 1720 Total US$ 4720 4720 4720 4720 4720

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los participantes deberán presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ Indecopi, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1285996-1

Aprueban el "Plan de Estrategia Publicitaria 2015 reformulado"
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 155-2015-INDECOPI/COD Lima, 7 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28874 ­ Ley que regula la publicidad estatal, ha establecido los criterios generales para el uso de los recursos que las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, destinan al rubro de publicidad, en prense escrita, radio y televisión;