Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2015 (12/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de setiembre de 2015 /

El Peruano

sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1285855-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 187-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 3 de setiembre de 2015 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha previsto realizar el evento "Door to Door Alemania", a llevarse a cabo en las ciudades de Hamburgo, Kiel, Hannover, Berlín, Colonia, Frankfurt y Múnich, República Federal Alemana, del 21 al 25 de setiembre de 2015, con el objetivo de capacitar a los tour operadores alemanes para proporcionar de modo directo información especializada y actualizada de los destinos turísticos peruanos, a fin de impulsar su comercialización y al mismo tiempo identificar nuevas oportunidades de promoción para el destino Perú, lo que permitirá diseñar acciones para la promoción turística del Perú en el mercado alemán; Que, dicho evento por sus características constituye una herramienta de promoción a nivel personalizado, con potenciales resultados, que a la vez crea la oportunidad para obtener información de los profesionales del turismo sobre sus estrategias y perspectivas de comercialización, fuerza de ventas, red de comercialización, con la finalidad de impulsar la venta del destino Perú, dando a conocer nuestras ventajas competitivas como destino turístico; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo ha solicitado que autorice la comisión de servicios al exterior de las señoras María Cecilia Salazar Salazar y María Isabel Rodriguez de Armero, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a las ciudades de Hamburgo, Kiel, Hannover, Berlín, Colonia, Frankfurt y Múnich, República Federal Alemana, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley N° 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de las señoras María Cecilia Salazar Salazar y María Isabel Rodriguez de Armero, a las ciudades de Hamburgo, Kiel, Hannover, Berlín, Colonia, Frankfurt y Múnich, República Federal Alemana, del 19 al 26 de setiembre de 2015, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US $ 2 341,00 2 341,00 Viáticos N° Total día días Viáticos 540,00 540,00 6 6 3 240,00 3 240,00

Nombres y apellidos María Cecilia Salazar Salazar

María Isabel Rodriguez de Armero

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1285855-2

Aprueban precios de venta y la forma de pago para diversas actividades de promocion de las exportaciones
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 188-2015-PROMPERÚ/SG Lima, 7 de setiembre de 2015 Visto, el Memorando Nº 191-2015-PROMPERÚ/ SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Memorándum Nº 371 y 382-2015-PROMPERÚ/DESPI de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable; y el Memorándum Nº 689-2015-PROMPERÚ/SG-OGA de la Oficina General de Administración. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala en su Artículo 37 que "para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento"; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano;