Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2015 (12/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Sábado 12 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1286587-1

Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al médico cirujano José Darwin Cuadros Maco como Coordinador Técnico de la Oficina de Cooperación y Asistencia Técnica, a cargo de la Unidad Funcional de Asistencia Técnica Intergubernamental, Nivel F-3, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1286587-2

Designan Coordinador Técnico de la Oficina de Cooperación y Asistencia Técnica a cargo de la Unidad Funcional de Asistencia Técnica Intergubernamental del IGSS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 515-2015/IGSS Lima, 11 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente N° 15-018463-001, que contiene la Nota Informativa N° 231-2015-OCAT/IGSS; el Informe N° 454-2015-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído N° 435-2015-ORRHH/ IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y brinda asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el literal f) del artículo 11 del citado Decreto Legislativo dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 311-2015IGSS, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, por el cual se crean dos cargos de Coordinador Técnico, Nivel F-3, de la Oficina de Cooperación y Asistencia Técnica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador/a Técnico/a, Nivel F-3, de la Oficina de Cooperación y Asistencia Técnica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, cargo considerado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, con Resolución Jefatural N° 116-2014/IGSS, de fecha 16 de setiembre de 2014, se aprobó, entre otras, la Unidad Funcional de Asistencia Técnica Intergubernamental a cargo de la Oficina de Cooperación y Asistencia Técnica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8° de dicho Decreto Legislativo, precisando que este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP de la entidad; Con la visación de la Secretaria General, del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Directora General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29849,

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran fundado recurso de reconsideración interpuesto por Servicios Eléctricos Rioja S.A. contra la Res. N° 1622015-OS/CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 188-2015-OS/CD Lima, 8 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con fecha 25 de julio de 2015, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante "Osinergmin"), publicó la Resolución N° 1622015-OS/CD (en adelante "Resolución 162"), mediante la cual, entre otros, se aprobó el Precio a Nivel Generación y el Programa Trimestral de Transferencias del trimestre agosto ­ octubre 2015; Que, la empresa Servicios Eléctricos Rioja S.A (en adelante "SERSA"), con fecha 07 de agosto de 2015, presentó su recurso de reconsideración contra la Resolución 162, siendo materia del presente acto administrativo el análisis y decisión de dicho recurso impugnativo. 1.- RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Que, la empresa SERSA como parte de su petitorio, solicita corregir los valores de las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados, publicados en el Cuadro N° 3 de la Resolución 162. 2.- SUSTENTO DEL PETITORIO 2.1. CORREGIR LA TRANSFERENCIA SALDOS EJECUTADOS ACUMULADOS POR

Que, la recurrente manifiesta que en el artículo 4° de la Resolución 162, se ordena a SERSA realizar una transferencia a favor de Electro Puno por la suma ascendente a S/. 58 919; Que, agrega la recurrente, que dicha suma supera en más de 100% los montos ejecutados en los trimestres