Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2015 (12/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 12 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, según el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG, se aprobó la nueva Carta de Servicios de PROMPERÚ como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, en el marco de las actividades de promoción de las exportaciones programadas, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, mediante los memorandos señalados en el visto, indica que tiene prevista la participación en las siguientes actividades: a) Rueda de Negocios - Mac Perú 2015 y b) Feria Colombia Minera 2015; razón por la cual solicita la aprobación de los precios de venta correspondientes a dichas actividades, conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina General de Administración; Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, modificada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el año fiscal 2014, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el precio de venta para los servicios de promoción de las exportaciones precitados; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Oficina General de Administración, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta y la forma de pago para las siguientes actividades de promoción de las exportaciones:
Nombre de la Actividad Precio de Venta en S/. (Inc. IGV) Participación Mac Perú en Ruedas de 2015 Negocios Participación Feria en Ferias Colombia Internaciones Minera de 2015 Exportaciones 16 de Lima - Perú octubre de 2015 Medellín Colombia No aplica 3 245 Precio de Venta (%UIT) 84,29

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Autorizan viaje de funcionarios a Jamaica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 147-2015-INDECOPI/COD Lima, 24 de agosto de 2015 VISTO: El Informe 049-2015/GCT de fecha 24 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT); CONSIDERANDO: Que, del 23 al 24 de setiembre de 2015, se llevará a cabo la Décimo Tercera Reunión Anual del Foro Latinoamericano de Competencia OECD-BID (LACF, por sus siglas en inglés) y el 25 de setiembre de 2015, se realizará la Reunión del Foro Iberoamericano de Competencia (FIC) y la Reunión Anual de la Asamblea General del Centro Regional de Competencia para América Latina (CRC), en la ciudad de Montego Bay, Jamaica; Que, el LACF es organizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD, por sus siglas en inglés) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Reunión del Foro Iberoamericano de Competencia (FIC) es organizada por la Comisión Nacional de Competencia de España y la Autoridad de Competencia de Portugal; Que, asimismo, la Reunión Anual de la Asamblea General del Centro Regional de Competencia para América Latina (CRC) es organizada y dirigida por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, teniendo esta última la actual presidencia del CRC; Que, participar en el Foro Latinoamericano de Competencia OECD-BID, es parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser parte de la OECD, siendo la participación del Perú, parte de sus obligaciones internacionales; Que, la OECD tiene por misión promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, y ofrece un foro en el cual los gobiernos puedan trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a problemas comunes; Que, el BID es la mayor fuente de financiamiento para el desarrollo de América Latina y el Caribe; asimismo apoya a sus clientes en el diseño de proyectos y provee asistencia técnica, financiera y servicios de conocimiento en apoyo a las intervenciones de desarrollo; Que, la promoción de la libre competencia constituye una de las políticas públicas más importantes para el desarrollo económico del país; siendo que por esta razón que, el Perú, a través del INDECOPI, participa en diversas actividades para la promoción y defensa de la competencia y la competitividad de las empresas e instituciones peruanas, tales como los foros OECD, FIC y CRC, que permiten al INDECOPI lograr un adecuado posicionamiento en estas materias a nivel regional y mundial; Que, en ese sentido, el Perú forma parte del Comité de Competencia de la OECD y mantiene un elevado interés de ser admitido como miembro pleno de dicho organismo internacional a fin de participar activamente de los demás comités, mesas de trabajo y foros; Que, adicionalmente a lo expuesto corresponde señalar que, conforme a lo expresado en el Mensaje a la Nación del Presidente de la República del Perú, señor

Servicio

Lugar

Fecha

Modalidad

28 al 30 de Stand de octubre de 9 m2 2015

24 255

630,00

Artículo 2º.- Encargar a la Oficina General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Artículo 3º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERÚ, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1285856-1