Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2015 (12/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 12 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de dicho objetivo en el departamento, provincia y distrito declarado en Estado de Emergencia. Artículo 4º.- De la Intervención La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Artículo 5º.- Comando Unificado Disponer que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en el departamento, provincia y distrito indicado en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, así como en el Decreto Supremo Nº 004-2013-DE, que precisa los alcances de Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de setiembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior GUSTAVO ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1286857-3

Que, mediante OF. RE (AFE) N° 2-16-B/112 del 20 de julio de 2015, el Ministro Funcionario del Perú ante el Foro de Cooperación Económica Asía ­ Pacífico (APEC) del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la invitación realizada por la Viceministra Filipina de Comercio e Industria a efectos de que participe en el "Foro de la Mujer y la Economía 2015", a llevarse a cabo del 15 al 18 de setiembre de 2015, en la ciudad de Manila, República de Filipinas; Que, asimismo, se indica que el tema central del evento es "Mujeres como Motor Principal del Crecimiento Económico", el que se desarrollará a través de tres subtemas: "Mujeres y Negocios Inclusivos"; "Mujeres en los Mercados Internacionales y la Cadena de Valor Global"; y, "Mujer y Desarrollo Sostenible", los que se abordarán en tres reuniones: (i) la segunda reunión del Partenariado de Políticas de la Mujer en la Economía (PPWE), el 16 de setiembre de 2015; (ii) el Diálogo Público-Privado de la Mujer en la Economía (PPDWE), el 17 de setiembre de 2015; y, (iii) el Diálogo de Alto Nivel de la Mujer en la Economía (HLPDWE), el 18 de setiembre de 2015; Que, el objeto del viaje, es participar de las reuniones de deliberación y adopción de compromisos sobre temas de competencia del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como mejorar y fortalecer las relaciones con los países miembros del APEC; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por ONU MUJERES, no irrogando gastos al Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ni al Tesoro Público; Que, en tal sentido y por ser de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a la ciudad de Manila, República de Filipinas; Que, asimismo, en tanto dure la ausencia de la titular, es necesario encargar la Cartera de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora MARCELA PATRICIA MARÍA HUAITA ALEGRE, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Manila, República de Filipinas, del 13 al 20 de setiembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por ONU MUJERES, no irrogando gastos al Estado. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Encargar la Cartera de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a la señora PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 13 de setiembre de 2015 y mientras dure la ausencia de la titular. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1286856-7

Autorizan viaje de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a Filipinas y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 213-2015-PCM Lima, 11 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, la Cooperación Económica Asia ­ Pacífico es un foro multilateral, que tiene como fin consolidar el crecimiento y la prosperidad de los países del Pacífico, en el cual se abordan temas relacionados con el intercambio comercial, coordinación económica y cooperación entre sus integrantes, siendo el Estado peruano miembro de dicho foro; Que, mediante Resolución Suprema N° 061-2014RE, de fecha 24 de abril de 2014, se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia ­ Pacífico (APEC) durante el año 2016, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes del citado Foro y los eventos conexos que se iniciaron en el año 2014 y se llevarán a cabo los años 2015 y 2016;