Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2003 (24/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 24 de marzo de 2003
TITULO VII

NORMAS LEGALES
h. i. j. k. l. m. n.

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De la Coordinacion para la Defensa Judicial Articulo 23º.- En los casos que lo requieran, la defensa judicial de los ninos, ninas y adolescentes victimas de violencia sexual, estara a cargo de los Centros de Emergencia Mujer o de los Consultorios Juridicos Populares del Ministerio de Justicia. TITULO VIII De las actividades que se desarrollan en los Hogares Articulo 24º.- Las actividades de salud seran planificadas por los profesionales del area, de acuerdo a la prevalencia de enfermedades que presenta la poblacion. - Actividades preventivo-promocionales (IRA, EDA, SIDA, TBC, Planificacion Familiar, Inmunizacion, CRED, entre otros) seran coordinadas con el Ministerio de Salud y otras entidades prestadoras de salud, quien designara al medico y/ o enfermera para ejecutarlas. - Se coordinara con el Ministerio de Salud y otras entidades prestadoras de salud para que brinden los servicios medicos de profilaxis dental, control oftalmologico, control neurologico, entre otros. Articulo 25º.- Las actividades educativas seran coordinadas por el Equipo Multidisciplinario, los que realizaran el reforzamiento escolar, asi como de los habitos, usos, costumbres, normas y valores dentro del MORDAZA educativo formal. Los Educadores Integrales trabajaran habitos de estudio para el reforzamiento escolar. - Reinsercion escolar. - Matriculas. - En Centros Educativos Regulares. - En Centros Educativos Especiales. - No escolarizada. - Nivelacion escolar. - Reforzamiento escolar. Articulo 26º.- Las actividades de Desarrollo se efectuaran de acuerdo a las necesidades de la poblacion objetivo y la metodologia de intervencion, plasmandolo en un Plan Operativo Anual. Estas seran programadas conjuntamente por todo el Equipo Multidisciplinario y la Direccion del Hogar. Las actividades a considerar seran: a Intervenciones Terapeuticas. b. Actividades Terapeuticas con las ninas, ninos y adolescentes y su familia. c. Evaluacion segun fases: Adaptacion, Desarrollo e Integracion. d. Terapia individual y grupal del(a) MORDAZA, MORDAZA o adolescente. e. Talleres de autoestima, dinamicas grupales, ludoterapia, musico terapia y otros. f. Estimulacion temprana y aprestamiento educativo. g. Actualizacion Periodica de Informes Psicologicos.

Consejeria para la familia. Conduccion de Escuela de Padres. Visitas a familiares. Reinsercion Familiar. Colocacion Familiar. Adopcion. Ubicacion Laboral.

Articulo 27º.- Las actividades formativas seran programadas y planificadas por el Equipo Multidisciplinario y la Direccion en funcion al perfil del menor, las actividades a considerar pueden ser: a. b. c. d. e. Charlas Educativas. Celebracion de Actividades Civico Sociales. Disciplinas Deportivas. Talleres (Danza, artes, biohuerto, ceramica y otros). Orientacion espiritual.

Articulo 28º.- Las actividades recreativas seran programadas y planificadas por el Equipo Multidisciplinario y la Direccion en funcion al perfil del(a) MORDAZA, MORDAZA o adolescente; las actividades a considerar pueden ser: a. b. c. d. Visitas a museos y Centros Culturales. Paseos y Campamentos. Juegos de mesa. Campeonatos deportivos.

Articulo 29º.- Las actividades ocupacionales seran programadas y planificadas por el Equipo Multidisciplinario y la Direccion en funcion al perfil del menor albergado y la demanda laboral. Las actividades a considerar pueden ser: Talleres de confeccion basica, zapateria, carpinteria, crianza de animales, panaderia, computacion, etc. Articulo 30º.- Las alianzas estrategicas con otras Instituciones Publicas, Privadas, Sociedad Civil y Organismos Sociales de Base, seran programadas y planificadas por la Direccion con apoyo del Equipo Multidisciplinario. Estas actividades pueden ser: a. Sensibilizar y movilizar recursos de la comunidad y la sociedad civil que permitan promover redes de apoyo frente a la situacion social de los menores. b. Formar una red de coordinacion con diferentes entidades publicas y privadas de la comunidad para apoyo en el cumplimiento de los objetivos del Programa, principalmente con: Educacion, Trabajo Social, Poder Judicial, entre otros. c. Convenios con Universidades con el objetivo de que docentes brinden capacitacion al personal del Hogar Refugio en la problematica de violacion sexual de menores. TITULO IX Del Traslado de un Hogar Refugio a Otro Articulo 31º.- El traslado se llevara a cabo por orden judicial motivada y procedera en los siguientes casos: a. A solicitud del Equipo Multidisciplinario.