Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2020 (02/10/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de octubre de 2020 /

El Peruano

en el mismo plazo al presidente de la referida comisión, sobre las razones de su bajo nivel resolutivo; informes que a la fecha no se han recibido, a pesar que el 2 de setiembre de 2020, la Secretaría General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial remitió a través del Sistema de Gestión Documental dicha resolución administrativa a la Corte Superior de Justicia de Tumbes y a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura. 24) Mediante el artículo tercero y los literales a), b) y c) del artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 231-2020-CE-PJ se ha dispuesto que a partir del 1 de setiembre de 2020, el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrado Permanentes del Distrito de Tarapoto, el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Morales y el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de La Banda de Shilcayo, pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de San Martín, amplíen su competencia territorial hacia toda la Provincia de San Martín, así como la modificación de su denominación como 1°, 2°, 3° y 4° Juzgados de Paz Letrado Permanentes de la Provincia de San Martín, respectivamente; asimismo, el literal c) del artículo quinto de la misma resolución administrativa ha dispuesto que en el breve plazo se reubique hacia el Distrito de Tarapoto la sede judicial de los Juzgados de Paz Letrados de Morales y La Banda de Shilcayo, que actualmente se denominan 3° y 4° Juzgados de Paz Letrado Permanentes de la Provincia de San Martín; por lo que, a fin de dar cumplimiento a dicha disposición, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín debe disponer lo conveniente a fin de ubicar a todos los juzgados de paz letrados de la Provincia de San Martín, en una misma sede judicial en el Distrito de Tarapoto. Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 11012020 de la quincuagésima setima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de setiembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de octubre de 2020, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: Hasta el 30 de noviembre de 2020 Corte Superior de Justicia de Ancash - Juzgado de Familia Transitorio - Huaraz Corte Superior de Justicia de Huaura - Juzgado de Familia Transitorio - Barranca Corte Superior de Justicia de Ica - Juzgado de Familia Transitorio - Ica Corte Superior de Justicia de Lima - 1° Juzgado Constitucional Transitorio - Lima - 2° Juzgado Constitucional Transitorio - Lima - 2° Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima Corte Superior de Justicia de Lima Este - 1° Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Ate - 2° Juzgado Penal Liquidador Transitorio - Ate - Juzgado Civil Transitorio - Chaclacayo Corte Superior de Justicia de Lima Sur - Juzgado Mixto Transitorio - Lurín - Juzgado de Trabajo Transitorio - San Juan de Miraflores

Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla - Juzgado Civil Transitorio - Puente Piedra Corte Superior de Justicia de San Martín - Juzgado Civil Transitorio - Nueva Cajamarca Corte Superior de Justicia de Selva Central - Juzgado Civil Transitorio - Oxapampa Corte Superior de Justicia de Sullana - Juzgado Civil Transitorio - Talara Corte Superior de Justicia de Tumbes - Juzgado Civil Transitorio - Tumbes Hasta el 31 de diciembre de 2020 Corte Superior de Justicia de Amazonas - Juzgado Civil Transitorio - Chachapoyas Corte Superior de Justicia de Arequipa - Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio - Mariano Melgar Corte Superior de Justicia de Ica - Juzgado de Familia Transitorio - Chincha Corte Superior de Justicia del Callao - 2° Juzgado de Trabajo Transitorio - Callao Corte Superior de Justicia de La Libertad 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga Trujillo Corte Superior de Justicia de Lima - 1° Sala Laboral Transitoria - Lima - 3° Juzgado Constitucional Transitorio - Lima Corte Superior de Justicia de Lima Este - Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga - Zona 02 ­ Ate Corte Superior de Justicia de Lima Sur - Juzgado de Familia Transitorio - Chorrillos - 1° Juzgado de Paz Letrado Laboral Transitorio - San Juan de Miraflores Corte Superior de Justicia de Loreto - Sala Civil Transitoria - Maynas Corte Superior de Justicia de Puno - Juzgado de Trabajo Transitorio - Zona Sur - Puno Corte Superior de Justicia de Santa - Sala Laboral Transitoria - Chimbote Artículo Segundo.- Prorrogar, a partir del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2020, la labor de itinerancia del Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Chincha, Corte Superior de Justicia de Ica, hacia la Provincia de Pisco, en apoyo al Juzgado de Familia Permanente de Pisco. Artículo Tercero.- Disponer, con efectividad al 1 de setiembre 2020, que el Juzgado de Trabajo Permanente de la Provincia de Chincha, Corte Superior de Justicia de Ica, tenga turno abierto para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). Artículo Cuarto.- Disponer, a partir del 1 de octubre de 2020, la apertura de turno del Juzgado de Trabajo Permanente - Zona 02. Artículo Quinto.- Disponer que el Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga - Zona 02 redistribuya de manera aleatoria al Juzgado de Trabajo Permanente - Zona 02 como máximo 300 expedientes, a fin de equiparar la carga procesal entre ambos órganos jurisdiccionales transitorios, los cuales funcionan con turno abierto. Artículo Sexto.- Disponer que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de quince días calendario, sobre las buenas prácticas adoptadas por el Juzgado de