Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2020 (02/10/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de octubre de 2020 /

El Peruano

Descentralización (SD) de la Presidencia del Consejo de Ministros y con la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública (SGP), se aprueba la directiva que contenga los lineamientos que deben seguir los Ministerios con competencias compartidas para elaborar, de manera progresiva, los modelos de provisión de bienes y servicios. Que, en atención a ello, la Secretaría de Descentralización ha elaborado una propuesta de Lineamientos para la elaboración de los modelos de provisión de bienes y servicios, propuesta que ha sido sustentada en el Informe Nº D000003-2020-PCM-SSARL. Que el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones de la PCM, en su inciso b) establece que la Secretaría de Descentralización propone normas y aprobar directivas y resoluciones, lineamientos e instrumentos técnicos, en materias de su competencia, así como supervisa su cumplimiento. Que, mediante Memorando Nº D000407-2020-PCMSGP de fecha 23 de setiembre de 2020, la Secretaría de Gestión Pública emite opinión favorable a la propuesta de Lineamientos preparada por la Secretaría de Descentralización. En uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo 022-2017-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para la elaboración de los modelos de provisión de bienes y servicios", el cual como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los Lineamientos para elaboración de los modelos de provisión de bienes y servicios son de aplicación progresiva para los Ministerios con competencias compartidas, debiendo coordinarse con la Secretaría de Descentralización la secuencia y plazos respectivos. Artículo 3.- Los Ministerios con competencias compartidas elaboran sus planes de transferencia anuales incorporando los avances en la programación, formulación e implementación de los modelos de provisión de bienes y servicios. Artículo 4.- La Secretaría de Descentralización podrá emitir disposiciones complementarias a los presentes lineamientos para orientar a los Ministerios con competencias compartidas en la implementación de estos Lineamientos y lo establecido en el artículo precedente. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y establecer que los Lineamientos aprobados por la presente Resolución sean publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO MARCELO CRUZADO SILVERII Secretario de Descentralización Secretaría de Descentralización 1889794-2

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, declara como prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión de riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios; Que, el mencionado Plan fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM; Que, conforme se establece en el numeral 2.2 del artículo 2 de la citada Ley, el Plan Integral de Reconstrucción con Cambios puede modificarse, sujetándose al cumplimiento de las reglas fiscales; se aprueba mediante Acuerdo de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y es formalizado a través de resolución de la Dirección Ejecutiva; Que, en atención a la Septuagésima Cuarta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, corresponde emitir la resolución de Dirección Ejecutiva a fin de formalizar los acuerdos de modificación del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalización de Acuerdos de Directorio Formalizar los acuerdos de la Septuagésima Cuarta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios referidos a la modificación del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios, en los siguientes términos: 1.1. Precisar 3 intervenciones de los sectores de pistas y veredas y saneamiento, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 554 182, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 01 de la presente resolución. 1.2. Efectuar el cambio de entidad ejecutora de 7 intervenciones de los sectores salud, saneamiento y agricultura, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 201 287 830, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 02 de la presente resolución y dejar sin efecto el cambio de entidad ejecutora de la intervención "Reconstrucción de Local Escolar Trigal con código local 492465", ubicada en la Municipalidad Distrital de Casitas y con código ARCC Nº 1549, a favor del Gobierno Regional de Tumbes. 1.3. Excluir 29 intervenciones de los sectores de pistas y veredas, red subnacional - caminos y agricultura, cuyos costos referenciales ascienden a la suma de S/ 13 861 167, las mismas que se detallan en el Anexo Nº 03 de la presente resolución. Artículo 2.- De la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00058-2020-ARCC/DE Dejar sin efecto el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00058-2020-ARCC/ DE, en el extremo referido a la formalización del acuerdo de cambio de entidad ejecutora de la intervención "Reconstrucción de Local Escolar Trigal con código local 492465", ubicada en la Municipalidad Distrital de Casitas y con código ARCC Nº 1549, a favor del Gobierno Regional de Tumbes.

Formalizan acuerdos referidos a la modificación del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios y dejan sin efecto el numeral 1.2 del artículo 1 de la Res. Nº 00058-2020-ARCC/DE
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA RDE Nº 00098-2020-ARCC/DE Lima, 1 de octubre de 2020 VISTO: El Acta de la Septuagésima Cuarta Sesión de Directorio de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;