Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2020 (02/10/2020)


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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de octubre de 2020 /

El Peruano

Construcción y Saneamiento - MVCS para asegurar la confiabilidad, consistencia y certeza de la información catastral relacionada a la infraestructura urbana, edificaciones formales e informales, equipamiento urbano, mobiliario urbano y espacios públicos. 4.6 Dinámico La información catastral es actualizada permanentemente e incorporada por los Gobiernos Locales a la Plataforma Catastral Urbana. 4.7 Interoperable Permite que los Gobiernos Locales y otras entidades públicas, privadas o mixtas, aporten o demanden información según su necesidad o intereses. TÍTULO II CATASTRO URBANO NACIONAL CAPÍTULO I GESTIÓN DEL CUN Artículo 5.- Ámbito de intervención El ámbito de intervención del CUN corresponde a los centros poblados urbanos de acuerdo a la jerarquización establecida en el SINCEP. Artículo 6.- Acciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-MVCS en el marco del CUN El MVCS realiza las siguientes acciones: a. Dictar políticas, normas, lineamientos y especificaciones técnicas relacionadas con la información CUN. b. Aprobar Directivas para el cumplimiento obligatorio de la ejecución de actividades para la implementación y ejecución del CUN. c. Promover, fomentar, definir y priorizar las áreas del territorio nacional en los que deba intervenir el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI para el desarrollo y consolidación del CUN. d. Celebrar convenios interinstitucionales con entidades públicas del Gobierno Nacional, Regional, Local y los Organismos Internacionales de Cooperación Técnica para la formulación, actualización y mantenimiento de la información del CUN, relacionado a la información cuantitativa y cualitativa de la infraestructura urbana, edificaciones formales e informales, equipamiento urbano, mobiliario urbano y espacios públicos dentro de los centros poblados urbanos, e. Aprobar el Plan de Trabajo Catastral presentado por COFOPRI, para la implementación, actualización y ejecución del CUN. f. Encargar, supervisar y/o monitorear las acciones realizadas por COFOPRI para la implementación y ejecución del Plan de Trabajo Catastral. g. Solicitar a las municipalidades y/o a otras entidades generadoras de catastro y/o entidades públicas, la información necesaria para la elaboración del CUN, de acuerdo a los plazos establecidos en la Ley. h. Disponer el traslado a COFOPRI de la información catastral obtenida de las entidades generadoras del catastro urbano a los quince (15) días hábiles de recepcionado. i. Delegar a COFOPRI de ser necesario, la facultad de solicitar información catastral a las entidades públicas. j. Efectuar sobre la base de la información del CUN la integración correspondiente para el diagnóstico y evaluación de los centros poblados del SINCEP. k. Otras que fueran necesarias para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1365. Artículo 7.- Acciones del COFOPRI en el marco del CUN El COFOPRI para la ejecución del CUN realiza las siguientes acciones: a. Ejecutar las acciones necesarias para la generación, modernización, consolidación, conservación y

actualización del CUN, de acuerdo a las políticas, normas, lineamientos y especificaciones técnicas establecidas por el MVCS. b. Ejecutar el CUN a solicitud del MVCS. c. Recepcionar la información proveniente del MVCS para la generación, modernización, consolidación, conservación y actualización del CUN. d. Coordinar con el MVCS y los Gobiernos Locales las acciones necesarias para la actualización y ejecución del CUN. e. Elaborar el Plan de Trabajo Catastral, para la implementación, actualización y ejecución del CUN. f. Informar al MVCS, trimestralmente, el avance de metas físicas y financieras acorde con el Plan de Trabajo Catastral. g. Implementar y administrar la Plataforma Catastral Urbana, que contiene el CUN, otorgando los accesos correspondientes al MVCS y otras entidades del Estado que lo soliciten. h. Previa suscripción de convenios, capacitar y asistir técnicamente a los Gobiernos Locales, en la generación, modernización, consolidación, conservación y actualización de los catastros urbanos locales. i. Celebrar convenios interinstitucionales con entidades públicas del Gobierno Nacional, Regional, Local y los Organismos Internacionales de Cooperación Técnica para la implementación de la Plataforma Catastral Urbana; generación, modernización, actualización, consolidación, conservación y mantenimiento de la información catastral urbana. j. Otras que le fueran encargadas por el MVCS, para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1365. Artículo 8.- Acciones de los Gobiernos Locales en el marco del CUN Los Gobiernos Locales contribuyen a consolidar el CUN con las siguientes acciones: a. Entregar a solicitud del MVCS, la información del Catastro Urbano Local para elaborar el CUN de acuerdo a los plazos establecidos en la Ley. b. Celebrar convenios interinstitucionales con el MVCS y COFOPRI para la generación, modernización, consolidación, conservación y actualización de la información del CUN c. Previa suscripción de convenios, participar y colaborar en la ejecución de los procesos catastrales a cargo de COFOPRI, incluyendo la promoción y difusión de las actividades catastrales en su respectiva jurisdicción. Artículo 9.- Acción de las Entidades Generadoras de información territorial Las entidades generadoras de información territorial, entregan a solicitud del MVCS la información para elaborar CUN. CAPÍTULO II COMPONENTES DEL CUN Artículo 10.- Componentes del CUN El CUN está conformado por: a. Edificaciones formales e informales b. Infraestructura urbana c. Equipamiento Urbano d. Mobiliario Urbano e. Espacios Públicos Los componentes del CUN, contemplan la regulación de los factores medioambientales y el Patrimonio Cultural de la Nación, según corresponda. Artículo 11.- Componente Edificaciones Formales e Informales - C-EFI Constituye una fuente de información que se encuentra dentro de la categoría Predial Urbano, contribuye a la planificación urbana territorial, el ordenamiento y desarrollo del territorio. Artículo 12.- Componente de Espacios Públicos C-EP