Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2020 (02/10/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 2 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES
266 284 298 Total de canales: 6 101.1 104.7 107.5

49

atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0802004-MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión para la banda de Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de Puno; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 0947-2020MTC/28.01, propone la incorporación de los Planes de Canalización y Asignación del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de las localidades de CALLENUTA KANTATI URURI y PUTINA PUNCO del departamento de Puno; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Acuerdo Interinstitucional Internacional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República de Perú y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda del Estado Plurinacional de Bolivia, para la Asignación y Uso de Frecuencias Radioeléctricas para la Operación de Estaciones de Radiodifusión Sonora en FM y de Televisión VHF y UHF en el Área de Frontera, y lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019-MTC/01 y sus modificatorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 080-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Puno, a fin de incorporar los planes de las localidades de CALLENUTA KANTATI URURI y PUTINA PUNCO; conforme se indica a continuación: Localidad: CALLENUTA KANTATI URURI

La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.25 KW. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1889229-1

Modifican el artículo 1 de la R.VM. Nº 1072004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Loreto
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 411-2020-MTC/03 Lima, 25 de setiembre de 2020 VISTO, el Informe Nº 1039-2020-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 1072004-MTC/03 se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión para la banda de Frecuencia Modulada, en diversas localidades del departamento de Loreto; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 10392020-MTC/28.01, propone la incorporación de las localidades de ANGAMOS y REMANSO a los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Loreto, y la modificación del plan de la localidad de EL ESTRECHO por SAN ANTONIO DEL ESTRECHO del departamento de Loreto; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Convenio entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República del Perú y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la República de Colombia, para

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 220 91.9 232 94.3 252 98.3 268 101.5 272 102.3 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Localidad: PUTINA PUNCO

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 222 92.3 230 93.9 252 98.3