Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2020 (02/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
Localidad:

Viernes 2 de octubre de 2020 /

El Peruano

la asignación y uso de frecuencias radioeléctricas para la operación de estaciones de radiodifusión sonora, de televisión abierta VHF y UHF en la zona de frontera, y lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019-MTC/01 y sus modificatorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 107-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Loreto, a fin de incorporar el plan de las localidades de ANGAMOS y REMANSO; conforme se indica a continuación: Localidad: ANGAMOS

SAN ANTONIO DEL ESTRECHO

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 250 97.9 254 98.7 258 99.5 262 100.3 266 101.1 274 102.7 278 103.5 282 104.3 Total de canales: 8 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.5 KW. Artículo 3.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES Viceministra de Comunicaciones 1889241-1

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 273 102.5 277 103.3 289 105.7 293 106.5 297 107.3 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.5 KW. El patrón de radiación deberá ser directivo y el acimut no estará orientado hacia territorio brasileño. Localidad: REMANSO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Canales 222 226 230 234 238 242 Plan de Asignación Frecuencia (MHz) 92.3 93.1 93.9 94.7 95.5 96.3

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N°1365, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional
DECRETO SUPREMO Nº 013-2020-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 4 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el citado Ministerio tiene como finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; y, entre otros, promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados; Que, en virtud al numeral 8 del artículo 9 de la precitada norma, se establece como función exclusiva del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS), proponer políticas, normas, lineamientos y especificaciones técnicas relacionadas con la generación, administración, actualización y mantenimiento de la información catastral integral, la formalización de predios urbanos y derechos sobre estos, en el marco del sistema nacional de catastro; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1365, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el desarrollo y consolidación del Catastro Urbano Nacional señala que el MVCS adecúa y emite la normativa sectorial correspondiente para la implementación de lo regulado en dicha norma,

Total de canales: 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.5 KW. Artículo 2.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 107-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de diversas localidades del departamento de Loreto, a fin de modificar el plan de la localidad de EL ESTRECHO; conforme se indica a continuación: