Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2020 (03/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de julio de 2020 /

El Peruano

Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un instrumento técnico normativo de gestión institucional que define la naturaleza, finalidad, estructura orgánica y funciones de la Municipalidad Provincial de Azángaro, y de los órganos que la conforman en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, mediante el informe Nº 513-2019-MPA/GPP, con el respectivo informe técnico, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto presenta el proyecto de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y su Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Azángaro, con la incorporación de la Unidad de Gestión de Residuos sólidos en la estructura orgánica y las respectivas funciones como órgano desconcentrado dependiente de la Gerencia Municipal, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 013-2019-CM-MPA/SG, la incorporación de funciones derivadas de las normas sustantivas y modificatorias, así de las normas de los sistemas administrativas vigentes; Que, en el informe técnico de modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), considera los criterios y parámetros legales que permitirán el cumplimiento de los fines de la Municipalidad con mayor eficiencia y un mejor nivel de atención hacia los ciudadanos, con una integración de las funciones afines, la eliminación de posibles conflictos de competencia y cualquier duplicidad de funciones entre sus unidades orgánicas, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Que, con Opinión Legal Nº 581-2019/MPA-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que se ha cumplido con sustentar la necesidad de actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Azángaro (ROF), y opina por la procedencia del proyecto de ordenanza que lo aprueba, recomendando se eleve al Concejo Municipal para su aprobación, conforme lo dispone el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 20 de diciembre del 2019 y con la dispensa del trámite de la lectura del Acta y aprobación para ejecutar los acuerdos, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO Artículo Primero.- APROBAR, la modificación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Azángaro, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, el mismo que consta de: seis (06) títulos, once (11) capítulos, ciento cuarenta y dos (142) artículos. Artículo Segundo.- DEROGAR, la Ordenanza Nº 011-2016-CM-MPA/SG, de fecha 28 de diciembre de 2016, y cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Azángaro. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, efectuar las acciones que resulten necesarias paras la adecuación e implementación de la nueva Estructura Orgánica y Organigrama aprobada a través de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente dispositivo municipal en el diario de avisos judiciales de la región, en el Portal de la Municipalidad Provincial de Azángaro www. muniazangaro.gob.pe y el texto íntegro del Reglamento

de Organización y Funciones y nuevo Organigrama Estructural en el Portal Institucional de la entidad. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario avisos judiciales. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FLAVIO MAMANI HANCCO Alcalde 1869533-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC
Aprueban estructura de costos y regulan la determinación y aplicación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Mantenimiento de Parques y Jardines y de Seguridad Ciudadana para el año 2020, por la prestación de servicios públicos locales que se prestan en forma general en la jurisdicción del distrito de Bambamarca
(Se publican las presentes Ordenanzas a solicitud de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, mediante Oficio N° 70-2020-MPH-BCA-SG, recibido el 1 de julio de 2020) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2019-MPH-BCA Bambamarca, 17 de diciembre de 2019 POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 17 de diciembre de 2019, el Informe Técnico Nº 24-2019-MPHGAT/C.P.P.R de la Gerencia de Administración Tributaria; adjuntando el Informe Legal Nº 1039-2019- MPH-BCA/GAJ, sobre la aprobación de la Ordenanza de arbitrios Municipales 2020; así mismo sobre aprobación de la Estructura de Costos y los criterios de distribución de los servicios de Limpieza Pública (Barrido de Calles, Recolección y disposición final de Residuos Sólidos), Mantenimiento de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana y fijación de los montos a cobrar por estos servicios en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, aplicables a partir del ejercicio fiscal 2020, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607 - Ley de reforma de los artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, define a las Municipalidades como órgano de gobierno, con personería jurídica de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Provincial de Hualgayoc Bambamarca, es la entidad encargada de prestar los servicios públicos de Recolección y disposición final de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Mantenimiento de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, en la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca; Que, el Artículo 69º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, establece que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calculan dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar; Que, este costo efectivo del servicio, debe distribuirse entre los contribuyentes de la Municipalidad, para lo cual debe utilizarse de manera vinculada y dependiendo del servicio público involucrado, los criterios descritos en las Sentencias emitidas por el