Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2020 (03/07/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Viernes 3 de julio de 2020

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

67

Letrado de la nomina aprobada mediante la Resolución Administrativa Nº 385-2019-P-CSJV/PJ de fecha 23 de agosto de 2019, no cuentan en la actualidad con disponibilidad inmediata para asumir el referido cargo; por cuanto los abogados Jesús Gladys Floreano Reyes y Lizandro Fernández Lara, quienes ocupan el primer y cuarto puesto de dicha nómina, respectivamente, se encuentran a cargo del Primer y Segundo Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra, respectivamente; mientras que, las abogadas Elizabeth Rodríguez Celoria y Esther Betty Sanchez Tarazona, quienes ocupan el segundo y tercer puesto, se encuentran desempeñándose actualmente como Juezas Supernumerarias de la Corte Superior de Justicia del Callao, cuya manifestación obra en la constancia telefónica y correo electrónico, ambos de fecha 26 de junio de 2020, remitidos por la Secretaría General mediante el Informe Nº 6-2020-SG-P-CSJPPVPJ. Décimo.- Del mismo modo, se tiene que los abogados aptos para desempeñarse como Juez de Paz Letrado de la nomina aprobada en Sala Plena de fecha 21 de diciembre de 2018 y oficializada mediante la Resolución Administrativa Nº 540-2018-P-CSJV/PJ, no cuentan en la actualidad con disponibilidad inmediata para asumir el referido cargo; por cuanto las señoras Juana Gregoria Bringas Enciso y Lidia Victoria Paredes Villa, quienes ocupan el primer y el segundo puesto en la citada nómina, respectivamente, ya fueron designados como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia Ventanilla y Mi Perú y Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Mixto de los distritos de Ventanilla y Mi Perú, respectivamente. Asimismo, la señora Celia Dina Oregon Obregon, quien ocupa el tercer y último puesto en la citada nómina, actualmente se encuentra desempeñándose actualmente como Jueza Supernumeraria de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, cuya manifestación obra en la constancia telefónica, de fecha 29 de junio de 2020. Décimo Primero.- En ese sentido, atendiendo a que no se cuenta con abogados aptos para desempeñarse como Juez de Paz Letrado Supernumerario, según las citadas nominas, corresponde designar a un trabajador judicial en el cargo de Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de Ancón y Santa Rosa, cuyo titular será promovido como Juez del Segundo Juzgado Especializado Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra. Décimo Segundo.- Al respecto, se tiene que mediante el Informe Nº 54-2020-AP-OAD-CSJPPV-PJ, la Oficina de Personal informó a este Despacho que la servidora Ynes Gladys Cadillo Mercado acredita un total de 04 años, 05 meses, 04 días como Secretaria Judicial de Juzgado y como Juez de Paz Letrado en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, un total de 04 años, 03 meses y 10 días; lo que evidencia que cumple con la experiencia laboral que exige el artículo 9 de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial, esto es, haberse desempeñado como Secretario de Juzgado por más de cuatro (4) años. Por lo que, este Despacho considerando su experiencia laboral y su hoja de vida estima designarla como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de Ancón y Santa Rosa. Décimo Tercero.- En consecuencia, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente para garantizar el adecuado funcionamiento del Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del Sistema Nacional Especializado de Justicia ­ Puente Piedra. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla

Artículo Primero.- DESIGNAR a la magistrada ROSARIO MARLENE DAVILA ARQUIÑIGO como Jueza Especializada Provisional del Primer Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, a partir del 1 de julio de 2020. Artículo Segundo.DESIGNAR al magistrado LUIS HUMBERTO CASTILLA MALCA como Juez Especializado Provisional del Segundo Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, a partir del 1 de julio de 2020. Artículo Tercero.- DESIGNAR al señor abogado JOSE CORNELIO CASTILLA CISNEROS como Juez Especializado Supernumerario del Juzgado Civil Transitorio de Piedra, a partir del 1 de julio de 2020. Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la señora abogada YNÉS GLADYS CADILLO MERCADO como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado de Ancón y Santa Rosa, a partir del 1 de julio de 2020. Artículo Quinto.- SOLICITAR a la Comisión de Selección de Abogados Aptos para desempeñarse como Jueces Supernumerarios la realización de la Convocatoria 2020. Artículo Sexto.- DISPONER que los señores magistrados designados, en el marco de la implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y la sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, vigilen el cumplimiento de los estándares de producción de sus despachos a los cuales hace referencia el artículo cuarto de la Resolución Administrativa Nº 172-2020-CE-PJ. Artículo Séptimo.- ESTABLECER el Rol de Turno de los Juzgados de Familia con competencia en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de la Corte Superior de Justicia Puente Piedra - Ventanilla, correspondiente al periodo junio 2020 - enero 2021, el mismo que iniciará el 6 de julio de 2020, a las 17:01 horas, y se extenderá hasta el 4 de enero de 2021, a las 07:59 horas, semanalmente, es decir, de lunes a domingo, según el siguiente orden: 1. Primer Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra. 2. Segundo Juzgado de Familia Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra. 3. Primer Juzgado de Familia Permanente de Mi Perú y Ventanilla. 4. Segundo Juzgado de Familia Permanente de Mi Perú y Ventanilla. 5. Tercer Juzgado de Familia Permanente de los distritos de Mi Perú y Ventanilla. 6. Juzgado de Familia Permanente de Ancón y Santa Rosa. 7. Juzgado de Familia Permanente del Módulo Básico de Justicia del Proyecto Especial Pachacutec. Artículo Octavo.- ESTABLECER el Rol de Turno de los Juzgados de Familia con competencia en Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal, correspondiente al periodo junio 2020 - enero 2021, el mismo que iniciará el 6 de julio de 2020, a las 17:01 horas, y se extenderá hasta el 4 de enero de 2021, a las 07:59 horas, semanalmente, es decir, de lunes a domingo, según el siguiente orden: 1. Primer Juzgado de Familia Permanente de Mi Perú y Ventanilla. 2. Segundo Juzgado de Familia Permanente de Mi Perú y Ventanilla. 3. Tercer Juzgado de Familia Permanente de los distritos de Mi Perú y Ventanilla. 4. Juzgado de Familia de Puente Piedra. 5. Juzgado de Familia Permanente de Ancón y Santa Rosa. 6. Juzgado de Familia Permanente del Módulo Básico de Justicia del Proyecto Especial Pachacutec.