Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2020 (03/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 3 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de acuerdo con el artículo 163 del ROF del MINEDU, es el órgano de línea responsable de promover una gestión descentralizada, orientada a la prestación de servicios educativos de calidad a través de la articulación y fortalecimiento de las relaciones con los diferentes niveles de gobierno, la mejora continua del desempeño de las Direcciones Regionales de Educación (DRE), o las que hagan sus veces, y de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), entre otros; Que, por su parte, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de acuerdo al artículo 172 del ROF del MINEDU, es el órgano de línea responsable de formular, proponer, supervisar y evaluar políticas, documentos normativos y estrategias para la mejora de la calidad de la gestión de las instituciones y programas educativos públicos y privados de la educación básica; Que, en ese contexto, la Dirección Ejecutiva de PRONIED, mediante Oficio Nº 1521-2020-MINEDU/ VMGI-PRONIED remite una propuesta de Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2020", y el sustento técnico correspondiente contenido en el Informe Nº 079-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED suscrito de manera conjunta con la DIGEIE, DIGEGED, y la DIGC, y, el Informe Nº 374-2020-MINEDU/VMGIPRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED, solicitando su aprobación y publicación; Que, en el citado Informe Nº 079-2020-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGM se señala que las disposiciones emitidas por el Gobierno a raíz del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, han tenido impacto en las actividades que se estaban desarrollando en el marco de la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos para el año 2020" vigente. Precisa, que las primeras actividades que se han visto restringidas y/o suspendidas son aquellas principalmente a cargo del responsable de mantenimiento: registro de fichas de acciones de mantenimiento, retiro de los recursos transferidos y ejecución de las acciones de mantenimiento. Respecto a la aprobación de la ficha de acciones de mantenimiento, que realiza la UGEL o DRE, señala que si bien puede realizarse de manera virtual, dicha actividad se encuentra condicionada a una actividad restringida como es el registro de fichas a cargo de los responsables de mantenimiento. Asimismo, precisa que todas las actividades están condicionadas al cumplimiento de una actividad previa; Que, en ese sentido, resulta necesario que se apruebe una nueva Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del programa de mantenimiento de locales educativos 2020", que establezca plazos y fechas máximas acordes a la situación actual que se vive; así

como otras disposiciones vinculadas a la priorización de espacios a intervenir, entre otros aspectos; Que, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, a través del Memorándum Nº 451-2020-MINEDU/SPE-OPEP, remite el Informe Nº 00816-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, mediante el cual la Unidad de Planificación y Presupuesto señala que la norma técnica se encuentra alienada a los objetivos estratégicos del sector educación, y, se financia con cargo a los recursos señalados en el literal a) del numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 00678-2020-MINEDU/SG-OGAJ, señala que resulta legalmente viable la aprobación de la Norma Técnica "Disposiciones para la ejecución del programa de mantenimiento de locales educativos 2020"; De acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; en el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; en la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU que aprobó el Manual de Operaciones de PRONIED, modificado por la Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU; en la Resolución de Secretaria General Nº 090-2020-MINEDU; y en el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del programa de mantenimiento de locales educativos 2020", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Derogar la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del programa de mantenimiento de locales educativos 2020", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 014-2020-MINEDU, y actualizada mediante Resolución Ministerial Nº 0137-2020-MINEDU. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1869589-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
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