Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2020 (03/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 3 de julio de 2020
FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5005117 : 1 :

NORMAS LEGALES

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Recursos Ordinarios

3 800 241,00 Operación y mantenimiento de Infraestructura 1 : Recursos Ordinarios

4 396 960,00

525 632,00 -----------------TOTAL EGRESOS 10 000 000,00 ===========

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra del Ambiente. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1869622-1

una demanda adicional con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar el fortalecimiento del área jurisdiccional atendiendo el incremento de la carga procesal acumulada en el marco del aislamiento social obligatorio (cuarentena), y medidas de prevención y control del COVID-19; habiendo adjuntado los respectivos sustentos elaborados por su Oficina de Presupuesto; Que, mediante Memorando N° 0799-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas informa que el costo estimado para financiar la contratación de 61 servidores bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, correspondiente a los meses de julio a diciembre de 2020, asciende a la suma de S/ 2 119 003,00 (DOS MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL TRES Y 00/100 SOLES), de acuerdo a lo solicitado por el Tribunal Constitucional; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituyen un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 3 761 873,00 (TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Tribunal Constitucional, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicho pliego para el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 3 761 873,00 (TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 024: Tribunal Constitucional para financiar el fortalecimiento del área jurisdiccional atendiendo el incremento de la carga procesal acumulada en el marco del aislamiento social obligatorio (cuarentena), y medidas de prevención y control del COVID-19, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORIA PRESUPUESTARIA ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Tribunal Constitucional
DECRETO SUPREMO N° 177-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios N°s. 018-2020-MLN/TC y 004-2020-OP/TC, el Tribunal Constitucional solicita

2 119 003,00

1 642 870,00 =========== TOTAL EGRESOS 3 761 873,00 ===========