Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2020 (02/02/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de febrero de 2020 /

El Peruano

determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico "Gorish", que si bien se ha dado inicio a las acciones de saneamiento físico legal, obteniéndose el correspondiente Certificado de Búsqueda Catastral que muestra que el polígono arqueológico se superpone a la Partida Electrónica N° 11011511 del Registro de Propiedad Inmueble de SUNARP, aún se encuentra en proceso de elaboración el informe de diagnóstico técnico legal que complementará la identificación de titulares de derechos para proceder a su notificación; Que, mediante Informe Nº 000021-2020-DGPALRS/MC, de fecha 29 de enero de 2020, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble sostiene que la solicitud formulada por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal se encuentra dentro de los alcances del numeral 100.1 del artículo 100 del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; por lo que recomienda la emisión de acto resolutivo concediendo la prórroga de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico "Gorish", ubicado en el distrito de Vilcabamba, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, por el plazo de un año adicional al otorgado con Resolución Directoral N° 036-2019/DGPA/VMPCIC/MC, a fin de que se concluya con el procedimiento de identificación, declaración y delimitación definitiva del referido monumento arqueológico prehispánico; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 077-2018-MC; la Resolución Viceministerial N° 001-2020-VMPCICMC; y demás normas modificatorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de la determinación de la protección provisional del Sitio Arqueológico "Gorish", ubicado en el distrito de Vilcabamba, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, por el término de un año adicional al concedido mediante la Resolución Directoral N° 036-2019/DGPA/VMPCIC/MC, de fecha 31 de enero de 2019, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 06 de febrero de 2019. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, la conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Pasco, proseguir con la ejecución de las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de las medidas incluidas en el régimen de protección provisional, en salvaguarda del Patrimonio Cultural de la Nación. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Vilcabamba, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Sexto.- ANEXAR a la presente resolución, el Informe N° 000016-2020-DSFL-ARD/MC, el Informe N° 000061-2020-DSFL/MC, y el Informe Nº

000021-2020-DGPA-LRS/MC, para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE MEJÍA HUAMÁN Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble DGPA 1851255-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Reglamento del Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones adeudados por las Entidades Públicas (REPRO AFP II)
DECRETO SUPREMO N° 017-2020-EF El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia N° 030-2019 se establece con carácter excepcional el Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones adeudados por las Entidades Públicas (REPRO AFP II), devengados hasta el 31 de diciembre de 2019; Que, de acuerdo al artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 030-2019, el REPRO AFP II es de aplicación para los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, así como para los Gobiernos Locales; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto de Urgencia dispone que mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas, se aprueba su Reglamento; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 030-2019, a efectos que se dispongan los procedimientos que resulten necesarios para efectos de la implementación del REPRO AFP II; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 030-2019; DECRETA: Artículo 1. Aprobación del Reglamento y Anexos Apruébase el Reglamento del Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones adeudados por las Entidades Públicas (REPRO AFP II) y los Anexos I y II, los cuales forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas