Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2020 (02/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo Tercero.- DISPONER que el <>, adopte las acciones administrativas necesarias para GARANTIZAR que los recursos indicados en el artículo SEGUNDO precedente, cubran la totalidad del valor de cada una de las cuotas que corresponden a la Deuda Fraccionada por aportes previsionales, materia del acogimiento al REPRO AFP II, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que <> presente dentro del plazo de ley la solicitud de acogimiento al REPRO AFP II establecido en el Decreto de Artículo Primero.- SOLICITAR el acogimiento al Urgencia N° 030-2019, su Reglamento y en la Resolución REPRO AFP II a través del AFPnet sobre la deuda por de la SBS correspondiente. aportes previsionales, así como los conceptos que se Artículo Quinto.- DISPONER que, con la debida generen hasta la fecha de presentación de la solicitud, anticipación a las fechas de vencimiento de las cuotas establecido por el Decreto de Urgencia N° 030-2019 y establecidas en el respectivo cronograma emitido su Reglamento, así como por la Resolución de la SBS por el AFPnet, la << Unidad Ejecutora del Gobierno <>, hasta por el número de cuotas mensuales que, Regional/Gobierno Local >> efectúa el registro de la por cada Unidad Ejecutora del Pliego/Gobierno Local, se afectación presupuestal y financiera de las obligaciones detallan en la Tabla I del presente acuerdo. correspondientes, en el Sistema Integrado de Administración Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la DGTP para Financiera del Sector Público (SIAF-SP), con arreglo a que afecte, con cargo a los recursos centralizados y la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto y administrados a través de la Cuenta Única del Tesoro Sistema Nacional de Tesorería, según corresponda. Público, los recursos que percibe(n) <>, para destinarlo al pago de las Cuotas de la Unidad Ejecutora del Gobierno Regional/Gobierno Local>> Deuda Fraccionada, hasta su cancelación, en el orden de cumpla en todos sus extremos con el presente Acuerdo en su prelación que se indica a continuación: debida oportunidad, bajo responsabilidad. Tabla I Unidad Ejecutora/ GL N° <>, Denominación << >> y RUC << >> I Razón Social RUC Deuda Nominal II Actualización por rentabilidad III I+II+III Plazo (meses) Cuota mensual

recursos que dichos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales determinen, siempre que tales recursos se centralicen y administren a través de la Cuenta Única del Tesoro Público, sujeto a las restricciones vigentes respecto al uso de los recursos; Que, a la fecha el <>, mantiene/n deuda por aportes previsionales a la/s AFP <>, conforme se evidencia de la deuda determinada a través del AFPnet; Que, este << Consejo Regional/Concejo Municipal>> de <> considera oportuno para la sostenibilidad fiscal de <> Pliego (s) Presupuestal (es), se presente (n) a través del AFPnet la solicitud de acogimiento al pago fraccionado previsto en el Decreto de Urgencia N° 030-2019. Estando a los alcances del Decreto de Urgencia N° 030-2019 y su Reglamento Decreto Supremo <> y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867; así como por el artículo 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Consejo Regional/ Concejo Municipal por (UNANIMIDAD/MAYORÍA CALIFICADA);

Unidad Ejecutora/ GL N° <>, Denominación y RUC Orden de prelación 1/ Fuente de Financiamiento Rubro Tipo de Recurso

1/ Tener en cuenta lo establecido por el párrafo10.2 del artículo 10 del Reglamento del REPRO AFP II.

Interés de Deuda fraccionamiento Fraccionada

Regístrese, comuníquese y cúmplase. >>

VISTO: << Detallar los documentos que motivan la autorización CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia N° 030-2019, por el cual se establece con carácter excepcional el Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones adeudados por Entidades Públicas (REPRO AFP II), ha dispuesto que las entidades del Gobierno Nacional pueden acogerse al régimen de reprogramación de pago de los aportes previsionales a los Fondos de

Anexo II Modelo de Autorización de Acogimiento de los pliegos del Gobierno Nacional al REPRO AFP II RESOLUCIÓN << DEL TITULAR DEL PLIEGO >>N° <> <> POR CUANTO: El titular del pliego << >>,