Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2020 (02/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 2 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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Servicios y otorga derechos laborales; y, el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de la señora Susan Liliana Salguedo Montalvo, Contratada Administrativa de Servicios - CAS, especialista en Promoción Cultural, del Centro Cultural Inca Garcilaso, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 3 al 5 de febrero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137179 Promoción y Protección Cultural en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Número Clase por día de días Económica US$ US$ 650.00 370.00 3

Nombres y Apellidos

Total viáticos US$ 1,110.00

Susan Liliana Salguedo Montalvo

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada especialista deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1851198-2

mundiales de suministro, que se celebrará en la sede de la OIT, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 25 al 28 de febrero de 2020; Que, mediante los informes de vistos, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que la participación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la reunión enunciada precedentemente, es de interés institucional; dado que los temas a tratar se vinculan a las áreas programáticas de acción del Sector, entre las que destaca la promoción del trabajo decente; Que, en ese contexto, resulta conveniente autorizar el viaje del señor AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI, Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para que participe en representación del Sector en la reunión antes mencionada; Que, a través del Memorando N° 0042-2020MTPE/4/11, la Oficina General de Administración remite las Certificaciones de Crédito Presupuestario por concepto de pasajes aéreos y viáticos, Notas N° 221 y N° 210, respectivamente, que irroga el mencionado viaje, adjuntando el cuadro resumen correspondiente; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, precisan que las autorizaciones de viaje deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los ministerios y de los organismos públicos correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgarán por resolución ministerial del respectivo Sector; Con las visaciones de la Secretaría General, y de las Oficinas Generales de Cooperación y Asuntos Internacionales, de Administración, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias; Decreto de Urgencia Nº 0142019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI, Viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 23 al 29 de febrero de 2020, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial, son cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI Pasaje aéreo Viáticos por US$ día US$ 4,137.75 540.00 N° de días 5 Total de viáticos US$ 2,700.00

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de Viceministro de Trabajo a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 019-2020-TR Lima, 30 de enero de 2020 VISTOS: La copia de la Carta N° SSD 1001-3, de fecha 22 de noviembre de 2019, de la Directora del Departamento de Gobernanza y Tripartismo de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT, los Informes N° 0002-2020-MTPE/4/10 y N° 0006-2020-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, el Memorando N° 0042-2020-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración, y el Informe N° 185-2020-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de vistos, la Directora del Departamento de Gobernanza y Tripartismo de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT, cursa invitación a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo para participar en la Reunión Técnica sobre la consecución del trabajo decente en las cadenas

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debe presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1851156-1