Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2020 (02/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de febrero de 2020 /

El Peruano

y Nomenclatura el expediente sobre la Propuesta de incorporar al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana las actividades relacionadas con Residuos Sólidos; Que, la propuesta fue vista por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura de la MML, quien emitió el Dictamen Nº 201-2018-MML-CMDUVN remitido a la Secretaría General del Concejo mediante el Memorándum Nº 428-2018-MML/CMDUVN-ST, proponiendo al Concejo Metropolitano aprobar la propuesta de incorporar al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana, las actividades relacionadas con Residuos Sólidos; Que, asimismo, la propuesta fue puesta a consideración de la Comisión Metropolitana de Medio Ambiente, Salud y Bienestar Social, quien emitió el Dictamen Nº 14-18-MML/CMMASBS, opinando favorable al proyecto de ordenanza que incorpora la actividad de Residuos Sólidos en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana; Que, al no haberse debatido en el Concejo Metropolitano el proyecto de ordenanza motivo de los Dictámenes Nº 201-2018-MML-CMDUVN y Nº 14-18MML/CMMASBS, antes señalados, la Subgerencia de Apoyo a Comisiones de la Secretaría General del Concejo, mediante Memorándum Nº 031-2019-MML/ SGC-SAC de fecha 17 de enero de 2019, remite al Instituto Metropolitano de Planificación ­ IMP, el Documento Simple Nº 269399-2018, sobre la incorporación al Índice de Usos de las actividades relacionadas con residuos sólidos, para nueva evaluación y posterior aprobación por el Concejo Metropolitano, de ser el caso; Que, la Dirección Ejecutiva del Instituto Metropolitano de Planificación ­ IMP, mediante el Oficio Nº 0922-19-MMLIMP-DE, concluye que, tratándose de una propuesta de incorporación de un tema puntual y especializado en el Índice de Usos, que facilitará su aplicación, el cual contó con la participación y opinión de los órganos de la Corporación con competencia sobre la materia; y no habiendo nuevos elementos que considerar, ratifica la propuesta presentada; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 102-2019-MMLCMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA LA ACTIVIDAD DE RESIDUOS SÓLIDOS AL INDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS DE LAS ÁREAS DE TRATAMIENTO NORMATIVO I Y II DE LIMA METROPOLITANA Artículo 1.- Aprobar la incorporación al Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana, las actividades relacionadas con Residuos Sólidos, según Cuadro que como Anexo Nº 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Cuadro Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana, lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que el anexo que forma parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1851466-1

Ordenanza que aprueba el Reajuste Integral de Zonificación del Sector V Territorio y Sector Litoral del Distrito de Villa El Salvador
ORDENANZA N° 2220 Lima, 27 de enero de 2020 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, el Dictamen Nº 0138-2019-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, la Propuesta de Reajuste Integral de Zonificación del sector denominado V Territorio y del Sector Litoral del distrito de Villa El Salvador, presentado por la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, evaluado por el Instituto Metropolitano de Planificación quien remite la propuesta definitiva mediante Oficio Nº 2117-19-MMLIMP-DE e Informe Nº 023-19-MML-IMP-DE/DGPT, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza N° 1862, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima, establece en su artículo 20 el procedimiento de Aprobación del Reajuste Integral de Zonificación y los Planos de Zonificación Distrital; Que, la Ordenanza Nº 1911, que en esa fecha, normaba los procedimientos de cambio de zonificación en Lima Metropolitana, establece en su segunda disposición transitoria que los gobiernos distritales de la Provincia de Lima tienen el plazo de un (1) año para presentar sus proyectos de Reajuste Integral de Zonificación de los Usos del Suelo en su respectivo distrito; Que, en el marco de la mencionada ordenanza, mediante Oficios Nº 255-2016-MVES-GDU y Nº 071-2017-MVES-GDU, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador presentó para su evaluación, la Propuesta Preliminar de Reajuste Integral de Zonificación de los Uso del Suelo del Sector denominado V Territorio; Que, una vez realizada la evaluación, levantadas las observaciones y realizada la exhibición pública durante 45 días calendario, la Propuesta Definitiva de Reajuste Integral de Zonificación del Sector Denominado V Territorio y Sector Litoral fue remitida a la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura mediante Oficio Nº 1670-18-MML-IMP-DE de fecha 18 de diciembre de 2018. No se concluyó el trámite de aprobación;