Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2020 (02/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 2 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob. pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por la Ministra de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA. Consideraciones para los Vehículos usados que se encuentran en tránsito hacia el Perú Lo dispuesto en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no es aplicable a los vehículos usados importados que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones: a. Hayan sido desembarcados en puerto peruano; b. Se encuentren en tránsito hacia el Perú, lo cual debe acreditarse con el correspondiente documento de transporte (conocimiento de embarque o carta de porte aérea o terrestre), y/o; c. Hayan sido adquiridos con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma, lo cual debe acreditarse mediante documentos emitidos con anterioridad a dicha fecha, tales como carta de crédito irrevocable o cualquier otro documento de fecha cierta que acredite que los vehículos fueron adquiridos con anterioridad a la fecha indicada. Los documentos de acreditación de las situaciones antes descritas, deben identificar a los vehículos usados a importarse, a través de los elementos de identificación previstos en la normatividad nacional. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1851548-7

Autorizan viaje de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0055-2020 MTC/01.02 Lima, 29 de enero de 2020 VISTOS: Las Cartas GMA 020/001 y GMA 019/056 de la empresa SKY AIRLINE PERU S.A.C., y el Informe Nº 014-2020-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; estableciendo que los viajes al exterior que realicen, entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del sector, la que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia y de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, mediante Cartas GMA 020/001 y GMA 019/056, la empresa SKY AIRLINE PERU S.A.C., solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil la designación de los inspectores para realizar la inspección técnica documentaria y física a las aeronaves de la flota A320251N, por expedición de constancia de conformidad, acompañando los requisitos del Servicio Prestado en Exclusividad S-DGAC-004 "Inspección Técnica a Aeronaves" del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la citada empresa cumple con el pago del derecho de tramitación del Servicio señalado en el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido calificada y aprobada por la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con el Informe Nº 014-2020-MTC/12.07, conforme a las Ordenes de Inspección Nº 021 y 0222020-MTC/12.07, señalando que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza conforme a lo establecido en la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores MANUEL AUGUSTO GARCES GHILARDI y CARLOS HUMBERTO GARAY VERA, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil, del 20 de febrero al 02 de marzo de 2020, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para los fines antes expuestos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores MANUEL AUGUSTO GARCES GHILARDI y CARLOS HUMBERTO GARAY VERA, inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 20 de febrero al 02 de marzo de 2020, de acuerdo con el detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.