Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2020 (02/02/2020)


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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de febrero de 2020 /

El Peruano

Que, con Ordenanza N° 1617, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 19 de julio de 2012, se aprobó la norma que regulaba los cambios de zonificación en Lima Metropolitana, y que constituyó el marco normativo a seguir por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el ejercicio de su función de Planificación Urbana y Cambio de Zonificación, teniendo en cuenta que la Zonificación regula el uso y la ocupación dentro del ejercicio del derecho de propiedad predial, consignándose en los planos de Zonificación; Que, con la Ordenanza N° 1015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14.05.2007 que aprobó el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los Distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas, y Los Olivos y de una parte del Distrito del Rímac que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana; Que, con Expediente Nº 67006-2015 del 15.04.2015, la Municipalidad Distrital de Los Olivos, traslada diversas peticiones de cambio de zonificación dentro de las cuales se encuentran las peticiones formuladas por la Empresa San Jorge Industrial S.A,C, quien solicita Cambio de Zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), para el terreno de 20,220.41 m², ubicado en Jr. San Andrés N° 6134.Urbanización Industrial Molitalia, el segundo, Corte Superior de Justicia de Lima, quien solicita Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU), para el terreno de 204.60 m², ubicado en el Lote 23 Manzana WW 2 con la Calle 56 Urb. La Floresta de Pro, el tercero, Faro Capital Fondo de Inversión Inmobiliaria I, quien solicita Cambio de Zonificación de Educación Básica ­ (E1) a Comercio Zonal (CZ), para el terreno de 10,000.00 m², ubicado en la Av. Angélica Gamarra de León Velarde N° 1301, y el Cuarto, Aventura Plaza S.A., quien solicita Cambio de Zonificación de Gran Industria (I3) a Comercio Metropolitano (CM), para los terrenos de 86,445.56 m² y 1645.00 m², ubicado en Carretera Panamericana Norte Km. 18, en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, la Municipalidad Distrital de Los Olivos, mediante Acuerdo de Concejo N° 021-2015-MDLO de fecha 31 marzo de 2015, acuerda en su artículo primero emitir opinión Favorable, a las solicitudes de cambio de zonificación de Educación Básica ­ (E1) a Comercio Zonal (CZ), presentada por la Empresa Faro Capital Fondo de Inversión Inmobiliaria, sobre el predio ubicado en la Av. Angélica Gamarra de León Velarde N° 1301; y en su artículo segundo, emitir opinión desfavorable a la solicitud de cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), presentada por la Empresa San Jorge Industrial S.A,C para el terreno de 20,220.41 m², ubicado en Jr. San Andrés N° 6134.Urbanización Industrial Molitalia, el segundo, Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU), presentada por la Corte Superior de Justicia de Lima, para el terreno de 204.60 m², ubicado en el Lote 23 Manzana WW 2 con la Calle 56 Urb. La Floresta de Pro, y el cambio de zonificación de Gran Industria (I3) a Comercio Metropolitano (CM), presentada por la Empresa Aventura Plaza S.A para los terrenos de 86,445.56 m² y 1645.00 m², ubicado en Carretera Panamericana Norte Km. 18; Que, con Informe N° 11-2019-MML-CTT de fecha 23 de Octubre de 2019, la Comisión Técnica de Trabajo, emite opinión respecto a las diversas peticiones de Cambio de Zonificación del distrito de Los Olivos, donde la petición del cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), presentada por la Empresa San Jorge Industrial S.A,C, se declaró desfavorable debido a que el predio se encuentra comprendido dentro del artículo 14° de la Ord. N° 1015, lo que le permite a los propietarios, instalar actividades comerciales sin necesidad de solicitar un cambio de zonificación; de efectuarse el cambio de zonificación para usos comerciales, se estaría permitiendo actividades sobre zonificación comercial que no serían compatibles con aquellos predios que, a la fecha, se encuentran desarrollando actividades industriales, como es el caso del predio colindante. El segundo Cambio de Zonificación es de Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU) realizada por la Corte Superior

de Justicia de Lima, el cual se declaró favorable debido a que el Índice de Usos, de la actividad solicitada, está en el "Grupo de Actividades de la Administración Pública en General", donde el CIIU 751107 "desempeño de funciones administrativas" no es conforme en RDM; por lo cual, la zonificación de Otros Usos (OU) se adecuaría a las actividades institucionales que desean desarrollar en el predio, referida a Archivos de Expedientes del Poder Judicial, lo que hace suponer que no habría atención al público ni uso intensivo del predio; según el artículo 16º de la Ordenanza Nº 1617-MML, por tratarse de una modificación a Otros Usos OU, la calificación afectaría sólo al lote, no siendo necesario la extensión al frente de manzana. Asimismo, la tercera petición es el cambio de zonificación de Educación Básica ­ (E1) a Comercio Zonal (CZ), presentada por la Empresa Faro Capital Fondo de Inversión Inmobiliaria, el cual se declaró favorable debido a que el predio va acorde con el entorno inmediato, puesto que esta avenida está calificada en toda su longitud, con excepción del lote en evaluación y el colindante, como Comercio Zonal ­ CZ, la cual consigue crear conectividad y acceso a los servicios y usos comerciales más cercanos a la población residente del sector, cumpliendo con los objetivos del desarrollo urbano sostenible. Y finalmente, la petición de cambio de zonificación de Gran Industria (I3) a Comercio Metropolitano (CM), presentada por la Empresa Aventura Plaza S.A, donde se opina que no corresponde emitir nueva opinión al cambio de zonificación solicitado, toda vez que el mismo pedido ya cuenta con Dictamen de la CMDUVN (este último pertenece al Exp. N° 1181792015); Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 151-2019-MMLCMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS Artículo 1.- Declarar favorable las peticiones de cambio de zonificación del Distrito de Los Olivos, conforme al Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente ordenanza, y que a continuación se indica:
N° 1 2 SOLICITANTE UBICACIÓN PROPUESTA RDM a OU E1 a CZ

Corte Superior de Justicia Lote 23 Manzana WW 2 con la de Lima S.A. Calle 56 Urb. La Floresta de Pro Faro Capital Fondo de Inversión Inmobiliaria I Av. Angélica Gamarra de León Velarde N° 1301

Artículo 2.- Declarar desfavorable la petición de cambio de zonificación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), presentada por la Empresa San Jorge Industrial S.A,C, ubicado en el Jr. San Andrés N° 6134, Urbanización Industrial Molitalia del Distrito de Los Olivos. Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad de Lima, incorpore la modificación en el Plano de Zonificación del Distrito de Los Olivos. Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cumpla con comunicar a los propietarios de los predios lo indicado en el artículo primero y segundo de la presente Ordenanza y a la Municipalidad Distrital. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1851470-1