Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2019 (07/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 7 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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General de Planeamiento y Presupuesto o la que hagas sus veces en la entidad y se publica en el diario oficial El Peruano; Que, el numeral 50.1 del artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fiscales vigentes, conforme a lo establecido en el presente artículo, y son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de: "1. Las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal"; Que, el numeral 25.2 del artículo 25 de la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", establece que la aprobación de la incorporación de mayores ingresos públicos, se realiza mediante Resolución del Titular del Pliego y se utiliza el Modelo Nº 04/GN; dicha resolución debe expresar en su parte considerativa el sustento legal y las motivaciones que las originan; asimismo, precisa que copia de la misma se presenta a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440; además, el numeral 25.3 precisa que la incorporación de mayores ingresos públicos distintos a los de las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Créditos, se sujeta a los limites señalados en los numerales 50.1, 50.2 y 50.3 del artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 1440; Que, mediante el Oficio Nº 1343-2019-MINAGRI-SG, la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, comunica los requerimientos de demanda adicional de recursos a favor de los Pliegos 163: Instituto Nacional de Innovación y 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR, Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, mediante Informe Nº 110-2019-ANA-OPP-UDP, solicitó autorizar una incorporación de mayores ingresos públicos en su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, en la Unidad Ejecutora 001: Autoridad Nacional del Agua, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000001: Planeamiento y Presupuesto, de los cuales S/ 6 249 311,00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES) en la Genérica de Gasto 5.2.4: Donaciones y Transferencias y S/ 750 689,00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) en la Genérica de Gasto 6.2.4: Donaciones y Transferencias; Que, al respecto, la Oficina de Asesoría Jurídica de Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua - ANA, mediante Informe Legal Nº 763 -2019-ANA-OAJ, luego de la revisión del sustento normativo correspondiente, emitió opinión favorable y remitió el proyecto de acto resolutivo debidamente visado; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 164. Autoridad Nacional del Agua para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 7 000 000,00 (SIETE MILLONES Y 00/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a fin de financiar las actividades priorizadas en el marco de los considerandos precedentes, en el marco de lo establecido en el numeral 50.1 del artículo 51º del Decreto Legislativo Nº 1440; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;

Con los vistos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las facultades en el inciso h) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 164 - Autoridad Nacional del Agua para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de Siete millones y 00/100 Soles (S/ 7 000 000), en la Fuente de Financiamiento: 2 Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al detalle del desagregado que como Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Codificación La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 3º.Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Unidad de Presupuesto, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se presenta, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Organismos señalados en el Artículo 31º numeral 31.4 del Decreto Legislativo 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público. Regístrese y comuníquese. WALTER OBANDO LICERA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1804997-1

Autorizan Transferencias Financieras a favor del SERFOR y del INIA, para financiar la ejecución de intervenciones enmarcadas en la Política Nacional Agraria
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 185-2019-ANA Lima, 6 de setiembre de 2019 VISTOS: El Informe N° 111-2019-ANA-OPP-UDP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y, el Informe Legal N° 764-2019-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, por Resolución Jefatural Nº 372-2018-ANA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e Ingresos del Pliego 164: Autoridad Nacional del Agua-ANA, para el Año Fiscal 2019; Que, mediante la Sexagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019", se autorizó a las entidades del sector agricultura a realizar transferencias financieras con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la Fuente de Financiamiento