Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2019 (07/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 7 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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ANEXO Relación de instalaciones de las FFAA materia de la presente excepción Instalaciones de la Fuerza Aérea del Perú N° Ubicación de las Instalaciones 1 Carretera Pomalca s/n Chiclayo- Lambayeque (Grupo Aéreo N° 6) 2 Av. Ramón Castilla s/n ­Piura (Grupo Aereo N°7) Instalaciones del Ejército del Perú N° 1 2 3 4 Ubicación de las Instalaciones Av. Boulevard s/n San Borja- Lima- Lima Av. El Ejercito s/n El Milagro- Utcubamba- Amazonas Av Cornejo Portugal c/Leticia s/n ­ Iquitos- Maynas- Loreto Av. Mariscal Agustín Gamarra s/n Huancaro- Cusco- CuscoCusco Instalaciones de la Marina de Guerra del Perú N° Ubicación de las Instalaciones 1 Comandancia de la Estación Naval de Paita ­ Paita- Paita- Piura 1804787-1

Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de los Oficios Nros. 2260 y 3249-2019-EF/13.01 remitió su proyecto de Cuadro de Asignación de Personal Provisional y la solicitud de excepción del tope de cargos de confianza a que se refiere el mencionado segundo párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo N° 084-2016-PCM; Que, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos en el numeral 3.4.3 del Informe Técnico N° 091-2019-SERVIR/GDSRH emite opinión favorable sobre la solicitud de excepción solicitada por el Ministerio de Economía y Finanzas, por un total de cincuenta y tres (53) cargos de confianza excedentes al límite legal establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 084-2016-PCM; Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2016-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Exceptuar al Ministerio de Economía y Finanzas del tope de cincuenta (50) empleados de confianza, de acuerdo al sustento contenido en el numeral 3.4.3 del Informe Técnico N° 091-2019-SERVIR/GDSRH emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 329-2017-SERVIR/PE, en el extremo que otorgó la excepción del tope de cincuenta (50) empleados de confianza al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 236-2018-SERVIR/PE, que otorgó la excepción del tope de cincuenta (50) empleados de confianza al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ Presidente Ejecutivo 1804364-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Exceptúan al Ministerio de Economía y Finanzas del tope de 50 empleados de confianza
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 123-2019-SERVIR-PE Lima, 4 de septiembre de 2019 VISTO el Informe Técnico N° 091-2019-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 084-2016-PCM, Decreto Supremo que precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, se establecieron normas que comprenden a todas las entidades públicas con independencia del régimen laboral bajo el que gestionen a su personal; Que, el segundo párrafo del artículo 2 del citado Decreto Supremo dispuso que en ningún caso, el número de empleados de confianza, existentes en cada entidad, será mayor a cincuenta (50), siendo que mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva debidamente justificada, SERVIR puede establecer excepciones a este tope, la misma que deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nros. 329-2017-SERVIR/PE y 236-2018-SERVIR/PE se exceptuó al Ministerio de Economía y Finanzas del tope de cincuenta (50) cargos de empleados de confianza;

AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL
Aprueban incorporación del Embarcadero denominado "Muelle de Capitanes" en el listado de los terminales portuarios y embarcaderos que conforman el Sistema Portuario Nacional
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 0084-2019-APN-DIR Callao, 28 de agosto de 2019 VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 0084-2019-APN-UAJDOMA-DIPLA-DITEC-UPS de fecha 23 de agosto de 2019, elaborado por la Unidad de Asesoría Jurídica, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente, la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos, la Dirección Técnica, y la Unidad de Protección y Seguridad; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), publicada en el Diario Oficial