Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2019 (07/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 7 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior ­ Oficina General de Administración, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 1 577,90 440,00 X X Días 06 X X Personas Total US$ 1 = 1 577,99 1 = 2 640,00

Artículo 3.- Disponer que el personal cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1804737-2

Autorizan viaje de funcionario de MIGRACIONES a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1368-2019-IN Lima, 6 de setiembre de 2019 VISTOS, el Oficio N° 000427-2019-MIGRACIONES/ MIGRACIONES de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES y el Informe N° 0022652019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Circular con referencia EDPS-OEC-VCO de fecha 14 de mayo de 2019, el Director de Delincuencia Organizada y Nuevas Tendencias Delictivas de INTERPOL, invita a la "7ª Conferencia Mundial de INTERPOL sobre la Trata de Personas y el Tráfico de Migrantes", a llevarse a cabo los días 10 y 11 de septiembre de 2019, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina; Que, a través del Oficio N° 000427-2019-MIGRACIONES/MIGRACIONES de fecha 04 de septiembre de 2019, la Superintendente Nacional de Migraciones propone la participación como representante de la entidad, del señor Francisco Ricardo Miguel Ríos Villacorta, Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones en el citado evento; Que, con Informe N° 000597-2019-AJ/MIGRACIONES de fecha 04 de septiembre de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Francisco Ricardo Miguel Ríos Villacorta, Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones, del 09 al 11 de septiembre de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que participe del evento antes indicado, el cual se constituye en un encuentro multinacional como parte de los esfuerzos internacionales para la prevención de la trata de personas y tráfico de migrantes con directa relación a los procesos migratorios y políticas regionales referidas a este tema; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado comisionado en el evento indicado se encuentran en el ámbito de competencia de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta) e impuestos de viaje son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, conforme lo precisa el Memorando N° 00213-2019-PP/ MIGRACIONES de la Oficina General de Planeamiento

y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2019-IN (Sección Primera) y la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN (Sección Segunda). SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Francisco Ricardo Miguel Ríos Villacorta, Gerente General de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, del 09 al 11 de septiembre de 2019, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto viáticos y de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Migraciones, del Pliego 073: Superintendencia Nacional de Migraciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 1 094,00 370,00 X X Días 03 X X Personas Total US$ 1 = 1 094,53 1 = 1 110,00

Artículo 3.- Disponer que el personal cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1804737-3