Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2019 (07/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de setiembre de 2019 /

El Peruano

cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa REDES OPTICAS DEL PERU S.A.C.; Que, con Informe Nº 2090-2019-MTC/08, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la Concesión Única solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones y la conformidad de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a la empresa REDES OPTICAS DEL PERU S.A.C., Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como el primer servicio a prestar, el servicio portador local en la modalidad conmutado. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa REDES OPTICAS DEL PERU S.A.C., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la Escritura Pública del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa REDES OPTICAS DEL PERU S.A.C., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión y con la presentación de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1804191-1

VISTO: El Memorándum Nº 634-2019-MTC/02, del Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 0522016-PCM modifica el Decreto Supremo Nº 021-2013PCM, que crea la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta, dependiente del Ministerio de Cultura, y tiene por objeto realizar acciones de seguimiento para la implementación de los acuerdos logrados en los procesos de Consulta Previa, conforme al artículo 15 de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT; Que, el Decreto Supremo Nº 007-2019-MC, en su artículo 1, modifica el numeral 2.1 y 2.4 del articulo 2 de Decreto Supremo Nº 021-2013-PCM, el cual establece en su numeral 2.1 la conformación de la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta, integrada, entre otros, por "n) Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones"; Que, el numeral 2.2 del artículo 2 de Decreto Supremo Nº 021-2013-PCM, resuelve que "los integrantes de la Comisión Multisectorial, deberán contar con un representante alterno, cuyo nombramiento se efectuará mediante resolución ministerial del sector al que pertenecen (...)"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 586-2018 MTC/01.02, en su artículo 2 se designa al/a Director/a de la Dirección de Gestión Social de la Dirección General de Asuntos Socio ­ Ambientales, como representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación de Derecho a la Consulta; Que, por Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y con Resolución Ministerial Nº 0152019-MTC/01, se aprobó la Sección Segunda del citado Reglamento; Que, en ese sentido, el Viceministro de Transportes, propone se actualice la designación del representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2013-PCM, debiendo designar al/a Director/a de la Oficina de Diálogo y Gestión Social del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Oficina de Diálogo y Gestión Social, es la encargada de la prevención, gestión y solución de controversias, diferencias y conflictos sociales; así como de la conducción de los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros, en el ámbito del sector; Que, se requiere actualizar al representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta, conformado por Decreto Supremo Nº 021-2013-PCM, y sus modificatorias; De, conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 0212018-MTC; la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 021-2013PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación al/a Director/a de la Dirección de Gestión Social de la Dirección General de Asuntos Socio ­ Ambientales, otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 586-2018 MTC/01.02, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al/a Director/a de la Oficina de Diálogo y Gestión Social como representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la

Designan representante alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de Naturaleza Permanente para la Aplicación del Derecho a la Consulta
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 732-2019 MTC/01.02 Lima, 4 de setiembre de 2019