Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2019 (07/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del Directorio ante la Sociedad de Beneficencia de Ilo, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora ÁNGELA AURORA MAMANI CALIZAYA, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 0862017-MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora ELIZABETH ROSARIO PACHECO UGARTE como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Ilo, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1804952-1

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor José Antonio González Norris, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI; y, de la señora Lisseth Abigaid Lipa Cano, de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 12 de septiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional ­ APCI, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Total de Viáticos por Número Clase viáticos día USD de días Económica USD USD 1,368.79 1,368.79 370.00 370.00 1+1 1+1 740.00 740.00

Nombres y Apellidos

José Antonio González Norris Lisseth Abigaid Lipa Cano

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1804296-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 145-2019-RE Mediante Oficio Nº 001399-2019-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 145-2019-RE, publicada en la edición del día 6 de setiembre de 2019. DICE: "Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Luis Cales Rojas, como Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza" DEBE DECIR: "Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Luis Canales Rojas, como Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza". 1804990-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios de la APCI a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0617/RE-2019 Lima, 4 de setiembre de 2019 VISTO: El Memorándum DAE00556/2019, de 27 de agosto de 2019, de la Dirección General para Asuntos Económicos, sobre la VI Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica Perú-Argentina; y, CONSIDERANDO: Que, la VI Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica Perú-Argentina, tiene como principal objetivo la aprobación del nuevo Programa de Proyectos Bilaterales Perú-Argentina para el período 2019-2021; a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 12 de septiembre de 2019; Que, en ese sentido, se estima importante la participación del Director Ejecutivo, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y de una representante de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, a fin de dar el debido seguimiento al tema; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N.° 028-2007-RE, y sus modificatorias; y, la Ley N.° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

SALUD
Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria por el plazo de noventa (90) días calendario los distritos de Lagunas y Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto
DECRETO SUPREMO Nº 021-2019-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA