Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2019 (07/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 32
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NORMAS LEGALES
Sábado 7 de setiembre de 2019 /
El Peruano
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del Directorio ante la Sociedad de Beneficencia de Ilo, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora ÁNGELA AURORA MAMANI CALIZAYA, efectuada mediante Resolución Ministerial N° 0862017-MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora ELIZABETH ROSARIO PACHECO UGARTE como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Ilo, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1804952-1
SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor José Antonio González Norris, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI; y, de la señora Lisseth Abigaid Lipa Cano, de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 12 de septiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional APCI, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Total de Viáticos por Número Clase viáticos día USD de días Económica USD USD 1,368.79 1,368.79 370.00 370.00 1+1 1+1 740.00 740.00
Nombres y Apellidos
José Antonio González Norris Lisseth Abigaid Lipa Cano
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendarios, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1804296-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 145-2019-RE Mediante Oficio Nº 001399-2019-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 145-2019-RE, publicada en la edición del día 6 de setiembre de 2019. DICE: "Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Luis Cales Rojas, como Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza" DEBE DECIR: "Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Luis Canales Rojas, como Cónsul General del Perú en Ginebra, Confederación Suiza". 1804990-1
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios de la APCI a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0617/RE-2019 Lima, 4 de setiembre de 2019 VISTO: El Memorándum DAE00556/2019, de 27 de agosto de 2019, de la Dirección General para Asuntos Económicos, sobre la VI Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica Perú-Argentina; y, CONSIDERANDO: Que, la VI Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Científica Perú-Argentina, tiene como principal objetivo la aprobación del nuevo Programa de Proyectos Bilaterales Perú-Argentina para el período 2019-2021; a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, el 12 de septiembre de 2019; Que, en ese sentido, se estima importante la participación del Director Ejecutivo, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y de una representante de la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI, a fin de dar el debido seguimiento al tema; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N.° 028-2007-RE, y sus modificatorias; y, la Ley N.° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
SALUD
Decreto Supremo que declara en Emergencia Sanitaria por el plazo de noventa (90) días calendario los distritos de Lagunas y Santa Cruz, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto
DECRETO SUPREMO Nº 021-2019-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA