Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2019 (23/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de octubre de 2019 /

El Peruano

Que, mediante OFICIO N° 0124-2019-VPI/UNAT la Vicepresidencia de Investigación solicita autorización para comisión de servicio internacional del Dr. Darío Emiliano Medina Castro Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAT y su persona, para asistir a la Escuela de la Facultad de Ciencias e Ingenierías de Materiales de la University-China; a partir del 09 al 15 de noviembre de 2019; Que, el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la UNAT, asimismo el Art. 3° de la referida Ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619; Que, la Directiva de Viáticos de la UNAT, en su inciso 6.3.7 del numeral 6.3 Capítulo VI establece: "Podrá adicionarse un (1) día de viáticos por gastos de instalación y traslado cuando el viaje se realice dentro del ámbito del continente americano, y el equivalente a dos (02) días de viáticos cuando el viaje se realice a otro continente"; Que, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de 14 de octubre de 2019, se acordó por unanimidad AUTORIZAR el viaje internacional del Dr. Darío Emiliano Medina Castro Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAT y del Dr. Alberto Valenzuela Muñoz Vicepresidente de Investigación de la UNAT para asistir a la Escuela de la Facultad de Ciencias e Ingenierías de Materiales de la University-China; a partir del 09 al 15 de noviembre de 2019; Estando en los considerandos precedentes, en uso de las atribuciones que le concede la Ley Universitaria N° 30220, el Estatuto de la UNAT, Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU y la Resolución Viceministerial N° 0140-2018-MINEDU;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje internacional en Comisión de Servicios al Dr. Darío Emiliano Medina Castro, Presidente de la Comisión Organizadora de la UNAT y del Dr. Alberto Valenzuela Muñoz Vicepresidente de Investigación de la UNAT, para asistir a la Escuela de la Facultad de Ciencias e Ingenierías de Materiales de la Northeastern University-China; a partir del 09 al 15 de noviembre de 2019. Artículo 2°.- AUTORIZAR, a la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto y a la Unidad de Presupuesto, otorga las sumas que se indica, debiendo a su retorno rendir debidamente documentada del gasto efectuado en el plazo conforme a Ley, según el siguiente detalle: Descripción · Pasaje aéreo y transporte · Viáticos por 08 días Clasificador 2.3.21.11 2.3.21.12 Monto S/. 26,000.00 S/. 28,000.00

Artículo 3°.- ENCARGAR al Dr. Damián Manayay Sánchez Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAT, el despacho de la Presidencia a partir del 09 de octubre de 2019 hasta el retorno del Titular. Artículo 4°.- DISPONER a la Dirección General de Administración y la Unidad de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DARIO E. MEDINA CASTRO Presidente Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja ADALBERTO CRUZ GARCÍA Secretario General 1818902-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES