Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2019 (20/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Domingo 20 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, conforme a lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene la función de proponer la inclusión de los temas prioritarios del Sector en la agenda internacional y en materia de cooperación técnica internacional, en coordinación con el Sector competente; así como, participar en la elaboración de la posición nacional en el ámbito de su competencia, para la negociación en los distintos foros de discusión internacional sobre materia ambiental, en coordinación con los sectores competentes; Que, a través del Oficio Circular Nº 053-2019-MINCETUR/VMCE de fecha 18 de setiembre de 2019, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo cursa invitación al Ministerio del Ambiente, para que participe en la VI Reunión del Comité de Comercio y reuniones de los Subcomités del Acuerdo Comercial suscrito entre los países de Perú, Colombia y Ecuador, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra, que se llevarán a cabo del 21 al 23 de octubre de 2019, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, con Memorando Nº 01300-2019-MINAM/SG/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior de la señora Lourdes Loayza Bellido, Especialista en Asuntos Internacionales de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, cuya asistencia y participación en las reuniones del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible, del cual el Ministerio del Ambiente es miembro, permitirá cumplir con el compromiso asumido por el país respecto a los artículos 280 y 281 del Título de Comercio y Desarrollo Sostenible del Acuerdo Comercial con la Unión Europea; Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gastos al Estado por concepto de viáticos y pasajes internacionales, la Oficina General de Administración emite las correspondientes certificaciones de crédito presupuestario con notas Nº 0000001013 y Nº 0000001019, respectivamente; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes, la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje de la citada servidora, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Secretaría General, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Lourdes Loayza Bellido, Especialista en Asuntos Internacionales de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del 20 al 24 de octubre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Lourdes Loayza Bellido Pasajes internacionales US$ 1 094.17 Viáticos (por 3 días) US$ 1 110.00 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales y a la Oficina General de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1818848-1

CULTURA
Declaran Monumento Integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a inmueble ubicado en el Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 184-2019-VMPCIC-MC Lima, 17 de octubre de 2019 VISTOS, los Informes N° D000036-2019-DPHI-EVS/ MC, N° D000059-2019-DPHI-YQV/MC y N° D0000662019-DPHI-YQV/MC de la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble e Informe N° D000398-2019-DGPC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están protegidos por el Estado, garantizando la propiedad de dicho patrimonio y fomentando la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo;