Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2019 (20/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Domingo 20 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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del Memorándum de Entendimiento para la suscripción entre la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y Piratería ­ Ministerio de la Producción y el gobierno Regional de Piura. Que, mediante Informe Nº 1403-2019/GRP-460000, de fecha 22 de agosto de 2019, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal, mencionando que evaluada la propuesta de Memorándum de Entendimiento entre Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería ­ Ministerio de la Producción y el Gobierno Regional de Piura, se ha podido verificar que tiene como objetivo realizar acciones conjuntas destinadas a asegurar y facilitar la difusión de mensajes de concientización, con contenidos orientados al rechazo de los delitos aduaneros, la piratería y la falsificación, en la Región Piura, en ese sentido este despacho al verificar el objeto y compromisos descritos en el Memorándum de Entendimiento, opina que se ajusta a los planes y programas del Gobierno Regional Piura, en materia de prevención y el rechazo contra los delitos aduaneros, la piratería y la falsificación en la Región Piura, por lo tanto, resulta factible la suscripción por el Gobernador Regional del presente Memorándum de Entendimiento, toda vez que se enmarca dentro del procedimiento regular y la normatividad legal vigente. Que, el DICTAMEN Nº 04-2019/GRP-CRCCNALyD , de fecha 19 de setiembre de 2019, la Comisión de Constitución, Normas, Asuntos Legales y Descentralización, concluye "Promover la Difusión de Mensajes de Acciones de Sensibilización y Concientización contra Delitos Aduaneros y Piratería, orientados al rechazo de los delitos aduaneros y respeto a los derechos de propiedad intelectual en la Región Piura"; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad de los presentes, en Sesión Ordinaria Nº 10 - 2019, de fecha 27 de setiembre de 2019, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE PROMUEVE LA DIFUSIÓN DE MENSAJES DE ACCIONES DE SENSIBILIZACIÓN Y CONCIENTIZACIÓN CONTRA DELITOS ADUANEROS Y PIRATERÍA Artículo Primero.- PROMOVER la Difusión de Mensajes de Acciones de Sensibilización y Concientización contra Delitos Aduaneros y Piratería", orientados al rechazo de los delitos aduaneros y respeto a los derechos de propiedad intelectual en la Región Piura. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Sub Gerencia Regional de Promoción de Inversiones, asuma las siguientes competencias: A. Dirigir el proceso de participación de todas las dependencias públicas con la finalidad de difundir material informativo y/o promocional, con contenidos y mensajes orientados al rechazo de los Delitos Aduaneros y Piratería. B. Realizar la distribución de material informativo y/o promocional a las diversas instituciones públicas de la Región de Piura, para una correcta y oportuna difusión del referido material, el mismo que será proporcionado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Lucha Contra los Delitos Aduaneros y la Piratería. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y su publicación en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Piura. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación.

En Piura, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. JOSÉ ANTONIO LÁZARO GARCÍA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil diecinueve. SERVANDO GARCÍA CORREA Gobernador Regional 1818752-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de Independencia
ORDENANZA Nº 000397-2019-MDI Independencia, 19 de setiembre del 2019 EL CONCEJO INDEPENDENCIA: MUNICIPAL DISTRITAL DE

VISTO: En sesión ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el proyecto de Ordenanza que aprueba el nuevo Reglamento Interno del Concejo Municipal del Distrito de Independencia, con las precisiones efectuadas por los miembros del citado Concejo. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 194° y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 2 de su Título Preliminar, preceptúan que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 9º inciso 12º de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 establece que el Concejo Municipal es competente para aprobar su régimen de organización interior. Asimismo, el Artículo 20° inciso 14. señala que es atribución del Alcalde, Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal. Que, es política de la actual Gestión establecer mecanismos que promuevan la efectiva participación de los miembros del Concejo, a fin de dinamizar su actuación, decisión y demás acciones en beneficio del distrito; dotándolo de un reglamento acorde con las normas legales vigentes, bajo principios de simplificación, celeridad, debido proceso, razonabilidad y conducta procedimental, en las acciones y decisiones que se adopten en el desarrollo de las sesiones. Que, mediante Informe Legal N° 00437-2019-GALMDI, la Gerencia de Asesoría Legal, hace una revisión de los capítulos y artículos que componen el proyecto de RIC; señalando que el presente reglamento se encuentra acorde a la normativa vigente, por lo que recomienda se eleve ante el Concejo Municipal, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. De conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por mayoría, aprueba la siguiente: