Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2019 (20/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Domingo 20 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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que se le autorice la apertura de una (01) Agencia ubicada en calle Tacna Nº 809-811 del distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., la apertura de una (01) Agencia ubicada en calle Tacna Nº 809-811 del distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese, publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1818610-1

Que, en Junta General de Socios del 12 de setiembre de 2019, se acordó por unanimidad modificar el Artículo Segundo del Estatuto Social de la empresa auxiliar de seguros, relativo al Objeto Social, ampliando sus actividades a la especialidad de Ajustadores de Siniestros de Seguros Marítimos, en razón a la contratación, como exclusivo, de un auxiliar de seguros autorizado por esta Superintendencia como Ajustador de Seguros Marítimos; Que, el numeral 16.4 del Artículo 16 del Reglamento establece que una empresa auxiliares de seguros puede solicitar la inscripción en actividades no autorizadas a su gerente general, si cuenta con un auxiliar exclusivo autorizado para realizar dichas actividades; Que, la empresa solicitante cumple con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaría General de la Superintendencia; De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción de la empresa ROMERO SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA AJUSTADORES DE SEGUROS, con Matrícula Nº AJ-092 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección IV: De los Auxiliares de Seguros, B: Personas Jurídicas, numerales 1. Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales y 2. Ajustadores de Siniestros de Seguros Marítimos. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1818333-1

Autorizan ampliación de inscripción de Romero Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada Ajustadores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 4701-2019 Lima, 14 de octubre de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA:

Autorizan viaje de funcionario a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 4849-2019 Lima, 17 de octubre de 2019 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) de México para participar en el Sexto Colegio de Supervisores de Qualitas, que se realizará el 25 de octubre de 2019 en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, que tiene por objetivo reforzar el intercambio de información y la cooperación entre supervisores, para procurar una supervisión efectiva de las entidades que conforman este grupo asegurador; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; y que los temas que se desarrollarán en el referido evento redundarán en beneficio del sistema financiero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así

La solicitud presentada por la empresa ROMERO SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA AJUSTADORES DE SEGUROS con Registro Nº AJ-092, para que se le autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 808-2019 (en adelante el Reglamento), establece los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, mediante Resolución S.B.S. Nº 1193-2018 del 27 de marzo de 2018, esta Superintendencia autorizó la inscripción de la empresa Romero Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada Ajustadores de Seguros en el Registro de Intermediarios y' Auxiliares de Seguros (hoy Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas) como Ajustadores de Seguros Generales;