Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2019 (20/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 37
El Peruano / Domingo 20 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
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Financiamiento, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA y mediante Resolución Directoral Nº 010-2019-OTASS/DE; y la Resolución de Consejo Directivo Nº 006-2018-OTASS/ CD, que aprueba la Directiva Nº 001-2018-OTASS/CD, Directiva para las Transferencias Financieras realizadas por el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 207UE 001 1589: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento OTASS, hasta por la suma de S/ 3'016,254.85 (Tres millones dieciséis mil doscientos cincuenta y cuatro con 85/100 Soles), con cargo a los recursos asignados a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima, destinada a financiar las 7 Fichas Técnicas del Plan de Acciones de Urgencia, detalladas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2. Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2019, de la Sección Primera: Gobierno Central, del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento OTASS, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000857: Prestadores Reciben Asistencia Técnica y Financiera para la Prestación del Servicio, Actividad 5006196: Asistencia Técnica y Financiera a los Prestadores, Meta Presupuestal 0020: Asistencia Financiera para Acciones de Reflotamiento en las EPS en RAT, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, 6 Gastos de Capital, 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, 2.4.2.3.1.4 "A Otras Entidades Públicas". Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fines para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Ejecución oportuna y eficiente Corresponde a la Dirección de Operaciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento coordinar y apoyar la ejecución oportuna y eficiente de los recursos de la transferencia autorizada mediante el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 5.- Publicidad Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo
ANEXO Transferencia Financiera a favor de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima
CÓDIGO NOMBRE DE FICHA PRESUPUESTO S/. 641,239.50
Optimización del sistema de medición de caudales F-01-GI en las unidades de captación y distribución de la EPS SEMAPACH S.A. Rehabilitación de las válvulas de la red de F-02-GI distribución en las localidades de Chincha Alta, Grocio Prado, Pueblo Nuevo y Sunampe. F-05-GI Optimización de la red de distribución con la instalación de válvulas de purga en los distritos de Chincha Alta, Pueblo Nuevo, Grocio Prado, Sunampe y Alto Laran de la provincia de Chincha. Renovación de equipo de bombeo; adquisición de equipo de generación de energía eléctrica; en el Pozo Nº09 en la localidad Hijaya, distrito de Alto Laran, provincia Chincha, departamento Ica. Renovación de equipo de bombeo; adquisición de equipo de generación eléctrica; en la Cisterna del Pozo Nº12 en la localidad Hijaya, distrito de alto Larán, provincia Chincha, departamento Ica. Renovación de equipo de bombeo; adquisición de equipo de generación de energía eléctrica; en la Caseta de Bombeo distrito de Pueblo Nuevo, provincia Chincha, departamento Ica.
88,268.68
320,335.56
F-10-GI
434,656.47
F-11-GI
667,527.96
F-12-GI
497,270.28
Adquisición de equipos de cómputo, impresoras, F-01servidores, ups y scaner para renovación del GAF parque informático de la EPS SEMAPACH S.A." TOTAL (S/.)
366,956.40 3,016,254.85
1818842-1
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Empresa Prestadora de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad Sociedad Anónima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 077-2019-OTASS/DE Lima, 18 de octubre de 2019 VISTO El Informe Nº 081-2019-DI/OTASS de la Dirección de Integración, el Informe Nº 016-2019-OTASS/OPPCP y el Memorando Nº 1249-2019-OPP/OTASS de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe Legal Nº 285-2019-OAJ/OTASS de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el artículo 80, numeral 80.1 de la Ley Marco confiere al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento la función de promover, planificar y ejecutar la integración de los prestadores de