Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2019 (20/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 52
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Nombres y Apellidos Germán Atoche Despacho
NORMAS LEGALES
Periodo de Licencia
Domingo 20 de octubre de 2019 /
El Peruano
Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 1818669-1
Del 30 de Juárez Fiscal Provincial del Equipo Especial setiembre al 5 de de Fiscales octubre de 2019
Del 30 de Jorge Armando Fiscal Adjunto Provincial del Equipo setiembre al 5 de Vargas Sueldo Especial de Fiscales octubre de 2019
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. la apertura de agencia en el departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN SBS Nº 4614-2019 Lima, 4 de octubre de 2019
Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las Oficinas Generales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos y la asignación de viáticos y seguros de viaje, así como diferencia tarifaria, conforme al detalle siguiente:
Pasajes Aéreos Internacionales (clase económica) US$ 1 291,37 US$ 1 101,39 US$ 1 101,39 US$ 1 291,37 US$ 1 291,37 US$ 1 101,39 Seguro de viaje US$ 50,00 US$ 50,00 US$ 50,00 US$ 50,00 US$ 50,00 US$ 50,00
Nombres y Apellidos Rafael Barba Ernesto Vela Pérez
Viáticos US$ 1 440,00 (por 6 días) US$ 1 440,00 (por 6 días) US$ 1 440,00 (por 6 días) US$ 960,00 (por 4 días) US$ 1 440,00 (por 6 días) US$ 1 440,00 (por 6 días)
José Domingo Gómez
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. CMAC Cusco S.A., para que se le autorice la apertura de una (01) Agencia ubicada en la Jr. Huallayco Nº 928, 930, 934 del distrito, provincia y Departamento de Huánuco; y, CONSIDERANDO:
Walter Edgardo Villanueva Luicho Norma Geovana Gómez Mori
Germán Juárez Atoche Jorge Armando Vargas Sueldo
Artículo Tercero.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las Oficinas Generales de Logística y Finanzas, procedan al otorgamiento de US$ 250,00 por concepto de diferencia tarifaria, para la señora Norma Geovana Mori Gómez. Artículo Cuarto.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, al señor Hernán Wilfredo Mendoza Salvador, Fiscal Adjunto Superior del Equipo Especial de Fiscales, durante la ausencia del titular. Artículo Quinto.- Encargar, en adición a sus funciones, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, a la señora Luz Elizabeth Peralta Santur, Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Lavado de Activos, durante la ausencia del titular. Artículo Sexto.- Encargar al Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y al Coordinador del Equipo Especial de Fiscales, adoptar las medidas pertinentes a fin de garantizar el normal funcionamiento de los despachos de los comisionados, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución. Artículo Sétimo.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, los fiscales mencionados en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en la comisión de servicios materia de la resolución. Artículo Octavo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, Oficinas Generales de Potencial Humano, Asesoría Jurídica, Logística y Finanzas, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los interesados, para los fines pertinentes.
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A., la apertura de una (01) Agencia ubicada en Jr. Huallayco Nº 928, 930, 934 del distrito, provincia y Departamento de Huánuco. Regístrese, comuníquese, publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1818609-1
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. la apertura de agencia en el distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4640-2019 Lima, 9 de octubre de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. CMAC Cusco S.A., para