Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2019 (06/10/2019)
Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.
TEXTO DE LA PÁGINA 15
El Peruano / Domingo 6 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
15
SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Comandante General de la Policía Nacional del Perú, General de Policía José Luis Lavalle Santa Cruz y de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Carlos Augusto Vargas Mormontoy y Pedro Rodolfo Villanueva Nole, del 14 al 19 de octubre de 2019, a la ciudad de Santiago de la República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución: Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Total Días Personas US$ US$ 544,00 X X 03 = 1 632,00 370,00 X 05 X 03 = 5 550,00
Pasajes aéreos Viáticos
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1814076-1
Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Ucrania, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1529-2019-IN Lima, 5 de octubre de 2019 VISTOS, el Oficio Nº 1402-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 002513-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 61413/22-110-494 de fecha 26 de setiembre de 2019, la Embajada de Ucrania en la República del Perú extiende invitación al Ministerio del Interior para participar en la Feria Internacional Ucraniana "Armamento y Seguridad 2019", que se llevará a cabo del 08 al 11 de octubre de 2019, en la ciudad de Kiev de Ucrania; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 336-2019-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIBAVI de fecha 04 de octubre de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Orlando Velasco Mujica y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Miguel Ángel Huamán Reyes, del 06 al 12 de octubre de
2019, a la ciudad de Kiev de Ucrania, para participar en el evento antes citado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú que el personal policial conozca los nuevos equipos de armamento y seguridad que se presentarán, así como los avances tecnológicos en la materia, además de apreciar el vuelo de prueba del avión AN-178, debido a que dicha aeronave es materia de negociación para su adquisición, por lo que el reporte de los comisionados servirá de insumo a la Comisión a cargo de la negociación; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio del Interior, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento y traslados internos serán asumidos por el Gobierno de Ucrania, conforme lo señala la Hoja de Estudio y Opinión Nº 336-2019-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIBAVI, mientras que los viáticos parciales y pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior Oficina General de Administración, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Memorando Nº 937-2019-IN/OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de