Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2017 (16/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano / Domingo 16 de julio de 2017

NORMAS LEGALES
ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL OBSERVATORIO DE SEGURIDAD CIUDADANA DE MAGDALENA DEL MAR

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Seguridad Ciudadana a nivel nacional" y en la Actividad 10: "Implementar los Observatorios de Seguridad Ciudadana regionales y locales articulados al nacional". Que, el artículo 7º de la Ordenanza 1907-MML, ordenanza que aprueba el Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana (SIMESEC), dispone "La creación del Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana; designando en el artículo 8º a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima la administración de dicho Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana, debiendo acopiar, actualizar y sistematizar la información de los 42 distritos y el Cercado de Lima, así mismo, señala que las Municipalidades distritales de la provincia de Lima, deberán reportar mensualmente las intervenciones que efectúen en sus jurisdicciones, así como las realizadas interdistritalmente, con el objeto de mantener actualizada la información del Observatorio; Que, el Decreto de Alcaldía Nº 02-2016-MML, de fecha 05.02.2016, aprueba el Reglamento de la Ordenanza Nº 1907-MML, Ordenanza del Sistema Metropolitana de Seguridad Ciudadana-SIMESE, el mismo que formaliza en su artículo 10, literal c), el Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana (OBHMESEC), como el órgano técnico consultivo del Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana (SIMESEC), responsable de acopiar, procesar, sistematizar, analizar y emitir recomendaciones y opiniones para su difusión sobre la seguridad ciudadana de Lima Metropolitana y promoverá la implementación de observatorios distritales de Seguridad Ciudadana. Por otro lado, señala que las Municipalidades Distritales tienen la obligación de reportar al OBMESEC las acciones, actividades, intervenciones y resultado de sus actos en materia de seguridad ciudadana, de acuerdo con la metodología definida en las directivas aprobadas por la Gerencia de Control y Seguridad ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 523-2012/ MDMM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" en fecha 13.12.2012, se aprobó el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, el mismo que constituye en el artículo 29º, al Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC, como un órgano consultivo y de coordinación, siendo su función de velar por la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respecto de las garantías individuales y sociales dentro de la jurisdicción. Dicho Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, mediante su Quinta Sesión Ordinaria de fecha 21 de marzo del 2017 creó la Oficina del Observatorio de Seguridad Ciudadana, dependiente del CODISEC Magdalena del Mar, instalando en la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, la cual tomaron la decisión de denominarlo "Observatorio de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar". Que, en el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) de Magdalena del Mar, en sesión del 21.03.2017, se contempla como Actividad 14, la implementación del Observatorio de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar. Que, la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, a través de informe de vistos propone la creación del observatorio de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar y la justifica en la importancia de contar con un órgano consultivo, destinado a recopilar, procesar, analizar y sistematizar información para el diseño de políticas públicas en temas de Seguridad Ciudadana, conflictividad social, violencia y delitos que afectan la convivencia, dependiendo funcionalmente del CODISEC y operativamente de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Magdalena del Mar. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, a través del informe de vistos, emite opinión favorable respecto a la creación del observatorio de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribuciones del Concejo Municipal Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas; con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

Artículo 1º.- APROBAR la creación del Observatorio de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar, como un órgano consultivo, destinado a recopilar, procesar, analizar y sistematizar información para el diseño de políticas públicas en temas de seguridad ciudadana, conflictividad social, violencia y delitos que afectan la convivencia social, dependiendo funcionalmente del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) y operativamente de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Magdalena del Mar, cumpliendo las siguientes funciones: 1. Recolectar, procesar, sistematizar, analizar e interpretar datos e información relevante de los fenómenos asociados a la violencia y el delito en el Distrito de Magdalena del Mar para su adecuada caracterización. 2. Elaborar diagnósticos, realizar estudios e investigaciones que permitan la compresión integral de las causas del delito y la violencia en la comuna teniendo en cuenta diferentes fuentes de información. 3. Cooperar y coordinar con otras instituciones del sector público y privado de diferentes niveles, organizaciones no gubernamentales, entidades públicas o privadas o extranjeras todo lo relacionado al intercambio de experiencias, transferencias de conocimientos relacionados a la seguridad, violencia y delito. 4. Llevar a cabo interacciones estratégicas con redes, centros de investigación u otros observatorios nacionales en materia de seguridad ciudadana, violencia y delito. 5. Asistir técnicamente a entes de cualquier nivel que lo requiera, colaborando en el diseño y/o gestión de planes, programas o proyectos relacionados con la seguridad y convivencia ciudadana. Artículo 2º.- DISPONER que la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Magdalena del Mar, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), apruebe los lineamientos, disposiciones y/o directivas que correspondan para el adecuado funcionamiento del Observatorio de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones su publicidad en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Registrese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde de Magdalena del Mar 1544486-1

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Aprueban Ordenanza que regula la tenencia y control poblacional de canes en el distrito de Pucusana
ORDENANZA Nº 223-2017/MDP Pucusana, 10 de enero del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA. POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria del Pleno del Concejo Municipal Distrital de Pucusana, de fecha 10.01.17, el requerimiento del Regidor WILLIAM ÁNGEL MURILLO PINTO e Informe Nº013-2017/GAJ/MDP de fecha 06.01.17 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de ordenanza QUE REGULA LA TENENCIA Y