Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2017 (16/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de julio de 2017 /

El Peruano

personas, que han sido identificadas e informadas por las instituciones y entidades como beneficiadas con recursos del FONAVI; Que, mediante el Acuerdo Nº 1/02-2015 de la Sesión de fecha 09 de enero de 2015, la Comisión Ad Hoc determinó el valor de un periodo mensual a multiplicar por la cantidad de periodos de aportes al FONAVI; Que, mediante el Acuerdo Nº 3/09-2015 de Sesión de fecha 26 de marzo de 2015, la Comisión Ad Hoc, acordó aprobar el Informe Nº 024-2015-EF/38.01.06 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Secretaría Técnica de apoyo a la Comisión Ad Hoc y considerar como válida la información remitida por entidades públicas y por los empleadores considerados Principales Contribuyentes por la SUNAT, correspondiente a los periodos de aporte de sus trabajadores en el periodo de vigencia del FONAVI, para la construcción de las cuentas individuales; Que, mediante el Acuerdo Nº 3/15-2015 de Sesión de fecha 02 de julio de 2015, la Comisión Ad Hoc acordó aprobar los Lineamientos Complementarios al Lineamiento Nº 2, sobre la convalidación del historial laboral de los aportantes que sólo registren fecha de cese y acrediten años totales de acuerdo con la información proporcionada por la ONP contenida en el Informe Nº 036-2015EF/38.01.06 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Secretaría Técnica de apoyo a la Comisión Ad Hoc; Que, en adición al párrafo precedente, el mencionado informe establece que para los casos en que no se cuente con fecha de cese pero sí se cuente con fecha de inicio de pensión, se aplique los siguientes criterios adicionales: a) Si la fecha de inicio de pensión indicada en la información proporcionada por ONP es mayor o igual a la fecha de cese del último empleador registrado por el potencial Fonavista en su Formulario Nº 1; entonces, se toma como fecha de cese la fecha declarada por el potencial Fonavista en su Formulario Nº 1, y se aplica el Lineamiento 2 del Informe Nº 117-2014-EF/38.01.06; b) Si la fecha de inicio de pensión indicada en la información proporcionada por ONP es menor a la fecha de cese del último empleador registrado por el potencial Fonavista en su Formulario Nº 1; entonces, se toma como fecha de cese la fecha de inicio de pensión indicada en la información proporcionada por la ONP, y se aplica el Lineamiento 2 del Informe Nº 117-2014EF/38.01.06 aprobado en la Sesión Nº 14-2014-Comisión Ad Hoc de fecha 14 de agosto de 2014, Acuerdo Nº 1/142014; Que, mediante el Acuerdo Nº 1/20-2015 de la Sesión de fecha 15 de octubre de 2015, la Comisión Ad Hoc aprobó incorporar al proceso de devolución de aportes al FONAVI, a los potenciales Fonavistas que registraron su Historial Laboral a través del Formulario Nº 1, con posterioridad al 31 de agosto del 2014 y hasta el 31 de agosto de 2015; Que, mediante el Acuerdo Nº 1/21-2015 de la Sesión de fecha 22 de octubre de 2015, se aprobó la cantidad de Veintiocho Mil Cuatrocientos Veintitrés (28,423) nuevos Fonavistas Beneficiados que registraron el Formulario Nº 1 hasta el 31 de agosto de 2015; Que, mediante el Acuerdo Nº 2/21-2015 de la Sesión de fecha 22 de octubre de 2015, la Comisión Ad Hoc aprobó la cantidad de Ciento Sesenta y Ocho Mil Quinientos Sesenta y Ocho (168,568) nuevos potenciales Fonavistas titulares registrados con el Formulario Nº 1 ­ Historial Laboral, haciendo un total de Un Millón Trescientos Veintisiete Mil Seiscientos Cincuenta y Un (1'327,651) personas que registraron el Formulario Nº 1 hasta el 31 de agosto de 2015; Que, mediante el Acuerdo N° 2/13-2016 de la Sesión de fecha 14 de julio de 2016, la Comisión Ad Hoc, aprobó la cantidad de Ochenta Mil Cuarenta y Seis (80,046) nuevos potenciales Fonavistas titulares registrados con el Formulario Nº 1 ­ Historial Laboral, haciendo un total de Un Millón Cuatrocientos Siete Mil Seiscientos Noventa y Siete (1'407,697) que registraron el Formulario N° 1 hasta el 29 de febrero de 2016; Que, mediante el Acuerdo N° 1/20-2016 de la Sesión de fecha 20 de octubre de 2016, la Comisión Ad Hoc, aprobó la cantidad de Ciento un mil quinientos treinta (101,530) nuevos potenciales Fonavistas titulares registrados con el Formulario Nº 1 ­ Historial Laboral. La fecha de corte considerada para incorporar los nuevos Formularios Nº 1 fue el 31 de agosto de 2016. Por otro lado, como parte

del control posterior, se ha depurado 788 registros, lo que hace un nuevo universo de potenciales Fonavistas titulares de Un Millón Quinientos Ocho Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve (1'508,439) personas; Que, mediante el Acuerdo Nº 3/13-2016 de la Sesión de fecha 14 de julio de 2016, la Comisión Ad Hoc aprobó la cantidad de Veintisiete Mil Ochocientos Cincuenta y Cinco (27,855) nuevos Fonavistas Beneficiados que registraron el Formulario Nº 1 hasta el 29 de febrero de 2016, haciendo un total de Doscientos Noventa y Siete Mil Setecientos Cuarenta y Ocho (297,748) Beneficiados con recursos del FONAVI; Que, mediante el Acuerdo Nº 2/20-2016 de la Sesión de fecha 20 de octubre de 2016, la Comisión Ad Hoc aprobó la cantidad de Fonavistas Beneficiados con los recursos del Fonavi en Veinte Mil Cuatrocientos Ochenta y dos (20,482) personas, que registraron el formulario Nº 1 del 01 de marzo al 31 de agosto de 2016; Que, mediante el Acuerdo Nº 1/01-2017 de Sesión de fecha 05 de enero de 2017, la Comisión Ad Hoc acordó aprobar el Informe N° 001-2017-EF/ST.01.06 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, tomándose como válida la información remitida por los empleadores considerados Buenos Contribuyentes por la SUNAT, correspondiente a los periodos de aporte de sus trabajadores en el periodo de vigencia del FONAVI para la construcción de la cuenta individual de aportaciones al FONAVI; Que, para el cumplimiento de lo indicado en los artículos 22 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 29625 aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-EF, así como en el artículo 7 del Reglamento de la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014EF, se realizaron las acciones administrativas tendientes a obtener información de la ONP, Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), SUNAT y empleadores (públicos y privados), relacionada con los trabajadores y pensionistas que aportaron al FONAVI durante su período de vigencia, que consten en sus bases de datos o archivos; Que, para la construcción de las cuentas individuales de aportes al FONAVI del Undécimo Grupo de Pago integrante del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, se tomó como fuentes de información la proporcionada por la ONP, que corresponde a los asegurados del Régimen de Pensiones del Decreto Ley Nº 19990, por ser la primera fuente de información verificada y obtenida para el proceso de devolución y, por contener además en su mayoría a personas mayores a 60 años; asimismo se tomó la información de otros regímenes previsionales administrados o que ha tenido a su cargo la ONP; de otra parte la brindada por la SBS, la SUNAT y los empleadores; Que, la información proveniente de las bases de datos del Nuevo Sistema de Pensiones (NSP), Libre Desafiliación Informada (LDI) y Bonos de Reconocimiento, proporcionadas por la ONP, considera periodos de aportes acreditados para pensiones de los asegurados del Decreto Ley Nº 19990 o periodos que tuvo a su cargo, que corresponde a datos procedentes del proceso de calificación y verificación que realiza dicha institución o de traspaso al Sistema Privado de Pensiones o retorno de éste. De igual manera, la SBS (información de sus afiliados) y los empleadores considerados principales contribuyentes y buenos contribuyentes por la SUNAT, así como las entidades públicas, que a la fecha de generación de este Undécimo Grupo de Pago han remitido información sobre los aportes al FONAVI de sus trabajadores en los años de vigencia de éste; Que, esta información sirve como evidencia tangible para determinar si el asegurado acredita aportaciones a un régimen pensionario o laboral, por lo que tales aportaciones se consideran acreditadas como aportes al FONAVI, considerando la obligatoriedad de los trabajadores dependientes de efectuar aportes para un régimen de pensiones y para el FONAVI, durante la vigencia y obligatoriedad de este último; Que, por el contrario, no se han considerado los periodos de aportes facultativos al régimen de pensiones, puesto que tal circunstancia no constituye evidencia tangible de que en dicho periodo facultativo se hicieron aportes al FONAVI; así como casos de inconsistencias en la información recibida;