Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2017 (16/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Domingo 16 de julio de 2017
PROCESO DESCRIPCION CÓDIGO FICHA

NORMAS LEGALES
MONTO (S/)

77

OPTIMIZACION DE LA TITULACION PREDIAL PARA EL FORTALECIMIENTO E F-06-ADM INCREMENTO PATRIMONIAL DE LA EPS. EMAPICA S.A. REHABILITACION DE AMBIENTE DE ATENCION AL USUARIO Y REPOSICION DEL MOBILIARIO DE LA EPS EMAPICA S.A.

1,160,016.00

F-07-ADM

277,649.00

CONSULTORIA PARA UNA REVISION INTEGRAL PREVENTIVA F-08-ADM TRIBUTARIA OPTIMIZACION DEL PROCESO DE LIQUIDACION DE OBRAS QUE SE ENCUENTRAN CONTABLEMENTE EN "CONSTRUCCIONES EN CURSO ACTUALIZACION DE GESTION ADMINISTRATIVA CAPACIDADES AL PERSONAL DE LA EPS.EMAPICA S.A. HABILITACION DE UN SISTEMA ACTUALIZADO DE CONTROL DIGITAL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD ACTUALIZACION Y ELABORACION DE DOCUMENTOS DE GESTION OPTIMIZACION DE LA PLATAFORMA INFORMATICA Y DE TELECOMUNICACIONES EN LA EPS EMAPICA SA. DISTRITO DE ICA - ICA ­ ICA

35,683.00

F-09-ADM

244,900.00

F-10-ADM

53,000.00

F-11-ADM

20,850.00

F-12-ADM

105,000.00

F-13-ADM

549,808.65

REPOSICION DE SOFTWARE EN LA EPS EMAPICA SA. DISTRITO DE F-14-ADM ICA - ICA ­ ICA IMPLEMENTACION DEL SISTEMA SCADA EN SU TOTALIDAD EN ICA TOTAL F-15-ADM 29

192,545.91

535,600.00 26,170,843.71

1544647-4

Autorizan transferencias financieras a favor de SEMAPA Barranca S.A., EMAPACOP S.A., EMAPA San Martín S.A. y la EPS SEMAPACH S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 031-2017-OTASS/DE Lima, 14 de julio de 2017 VISTOS: El Informe Nº 72-2017-OTASS-DO de la Dirección de Operaciones, el Informe Nº 51-2017-OTASS/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 175 -2017-OTASS/OAJ; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios

de Saneamiento, establece que para el mejor cumplimiento de sus funciones, el OTASS está facultado para financiar, con cargo a su presupuesto, la adquisición de bienes y servicios necesarios para mejorar la gestión operativa, comercial y administrativa de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal; para lo cual el OTASS podrá realizar transferencias financieras a las empresas prestadoras de accionariado municipal; Que, el literal a), subnumeral xi), numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año 2017, se refiere a las transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el año fiscal 2017, considerando dentro de ellas a las que realice el OTASS en favor de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio, para la elaboración del Plan de Reflotamiento; Que, asimismo, el numeral 98.4 del artículo 98 de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, dispone que el OTASS está facultado para financiar o transferir recursos para la ejecución del Plan de Acciones de Urgencia de las empresas prestadoras en Régimen de Apoyo Transitorio; Que, de conformidad a lo establecido en el Informe Nº 72-2017-OTASS-DO, el Plan de Acciones de Urgencia comprende acciones inmediatas, cuyas estrategias y actividades tienen la finalidad de generar en el corto plazo impactos positivos, así como recuperar las capacidades mínimas para la operación y prestación de los servicios de saneamiento, de tal manera que la ejecución de este conjunto de medidas y/o acciones inmediatas y de urgencia, forman parte de la elaboración del Plan de Reflotamiento; Que, mediante sesión Nº 015-2015 de fecha 27 de noviembre de 2015, el Consejo Directivo del OTASS declara el inicio del Régimen de Apoyo Transitorio de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO BARRANCA SOCIEDAD ANONIMA ­ SEMAPA BARRANCA S.A., en adelante empresa prestadora EPS SEMAPA BARRANCA S.A., el cual es ratificado por Resolución Ministerial Nº 342-2015-VIVIENDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de diciembre de 2015; Que, mediante sesión Nº 003-2017 de fecha 30 de marzo de 2017, el Consejo Directivo del OTASS acordó aprobar el Plan de Acciones de Urgencia de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO BARRANCA SOCIEDAD ANONIMA ­ SEMAPA BARRANCA S.A.; Que, con Oficio Nº 194-2017-GG-SEMAPA BARRANCA S.A. de fecha 15 de mayo de 2017, la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO BARRANCA SOCIEDAD ANONIMA ­ SEMAPA BARRANCA S.A. solicita al OTASS el financiamiento para la ejecución del Plan de Acciones de Urgencia, por un monto de S/ 11,549,674.00 (Once Millones Quinientos Cuarenta y Nueve Mil Seiscientos Setenta y Cuatro con 00/100 Soles), solicitud que motiva la emisión del Informe Nº 72-2017-OTASS-DO de fecha 5 de julio de 2017, mediante el cual la Dirección de Operaciones del OTASS concluye que la ejecución del Plan de Acciones de Urgencia, forman parte de las actividades necesarias para elaborar el Plan de Reflotamiento y se otorga la conformidad a la solicitud de trasferencia financiera a favor de la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO SERVICIO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO BARRANCA SOCIEDAD ANONIMA ­ SEMAPA BARRANCA S.A.; Que, mediante Informe Nº 51-2017-OTASS/OPP de fecha 8 de junio de 2017, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del OTASS emitió opinión favorable para la