Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2016 (18/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Jueves 18 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

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establecen, entre otras disposiciones, normas que regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:

fecha 31 de mayo del 2016, hasta el 31 de agosto del 2016. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia del beneficio tributario y no tributario e incentivos a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, establecidos en la ordenanza Nº346-MVES, hasta el 31 de agosto del 2016, inclusive. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, así como a la Subgerencia de Recaudación y Control y a las unidades de Imagen Institucional y de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1417306-1

JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1417419-1

Prorrogan la vigencia de los beneficios otorgados por la Ordenanza N° 010-2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 13-2016-MPC-AL Callao, 15 de agosto de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio del 2016, se aprobó el Programa de Beneficios de Reducción de Deudas constituidas por Multas y Sanciones Administrativas derivadas de infracciones a las disposiciones en materia de Tránsito y/o al Transporte en sus diferentes modalidades, Papeletas de Infracción Municipal, así como de la deuda por concepto de Tasas de Guardianía por internamiento en el Depósito Municipal de vehículos, con vigencia del 1 de julio hasta el 1 de agosto del 2016; Que, por Decreto de Alcaldía N° 11-2016-MPC-AL, de fecha 26 de julio del 2016, se prorroga la vigencia de los beneficios señalados en la Ordenanza Municipal Nº 010-2016, hasta el 15 de agosto del 2016; Que, la Sexta Disposición Final de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación y de considerarlo necesario para la ampliación de su vigencia; Que, al haberse verificado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse a los beneficios otorgados mediante la citada Ordenanza, se hace necesaria la ampliación de su vigencia; Estando a lo expuesto, con la visación de las Gerencias Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación y Transporte Urbano y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Decreta: Artículo 1.- Prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados por la Ordenanza Municipal Nº 010-2016 de fecha 31 de mayo del 2016, hasta el 31 de agosto del 2016. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Transporte Urbano y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1417420-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan la vigencia de los beneficios otorgados por la Ordenanza N° 011-2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 12-2016-MPC-AL Callao, 15 de agosto de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 011-2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio del 2016, se aprobó el Programa de Incentivos Tributarios, con vigencia del 1 al 30 de julio del 2016; Que, por Decreto de Alcaldía N° 10-2016-MPC-AL, de fecha 26 de julio del 2016, se prorroga la vigencia de los beneficios señalados en la Ordenanza Municipal Nº 0112016, hasta el 15 de agosto del 2016; Que, la Tercera Disposición Final y Complementaria de la acotada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación y/o ampliación de su vigencia; Que, al haberse verificado que existe un número considerable de contribuyentes con la intención de acogerse a los beneficios otorgados mediante la citada Ordenanza, se hace necesaria la ampliación de su vigencia; Estando a lo expuesto, con la visación de las Gerencias Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación y Administración Tributaria y Rentas y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Decreta: Artículo 1.- Prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados por la Ordenanza Municipal Nº 011-2016 de