Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2016 (18/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de agosto de 2016 /

El Peruano

presentados y la Memoria Descriptiva se encuentran técnicamente conforme. Que, el Plano propuesta de subdivisión que comprende dos Sub lotes denominado: Sub Lote 2A-1, con un área de 809.08 m2. y Sub Lote 2A-2, con un área de 2,720.25 m2., cumplen con las normas técnicas de acuerdo a la Zonificación vigente, RDA (Residencial de Densidad Alta) ­ Área de Tratamiento Normativo II. Que, cumple con adjuntar el recibo de ingresos Nº0100329 de fecha 17 de Diciembre del 2015, por concepto de aporte para Parques Zonales - SERPAR, por un monto de (S/.899.53) Ochocientos Noventa y Nueve con 53/100 Nuevos Soles, así como el recibo de pago N° 0102826 de fecha 21 de julio del 2016 por un monto de (S/.6539.32) Seis Mil Quinientos Treinta y Nueve con 32/100 Nuevos Soles , ambos emitidos por el Servicio de Parques de Lima SERPAR de acuerdo a la Resolución de Gerencia Administrativa Nº1093-2015 emitida por SERPAR ­ LIMA, el 14 de diciembre de 2015, así como constancia de cancelación de aporte correspondiente emitida por la misma institución. Que, conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Edificaciones y la Ley Nº27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Ley N°29090 - Ley de Edificaciones y Habilitaciones Urbanas; Ley Nº29476 - Ley que modifica y complementa la Ley Nº29090 y Ley Nº27444 - Ley de procedimientos administrativos y demás normas vigentes sobre la materia. Estando a lo que se expone, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972, el Decreto de Alcaldía 009-2010/MDSM Modifican requisitos de diversos procedimientos del TUPA de la Municipalidad aprobado mediante la Ordenanza N° 074-2010. Decreto de Alcaldía Nº 002-2011-MDSM y en concordancia a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Subdivisión del Lote Matriz constituido por el Lote 2, con un área de terreno de 3,529.33 m2, ubicado en esquina formada por: Avenida Costanera y Calle 20A, (antes calle Nueva), Urbanización Miramar, Jurisdicción del distrito de San Miguel, Provincia y Departamento de Lima, con Zonificación RDA (Residencial de Densidad Alta) ­ Área de Tratamiento Normativo II, conforme a los Planos; P-01; P-02; P-03. LOTE MATRIZ Lote 12, Mz. E1-3 - Por el Frente: Colinda con la Avenida Costanera (antes Av. Miramar), con 43.00 ml. - Por la Derecha: Colinda con Calle 20A (antes Calle Nueva), con línea recta de un tramo, con 87.00 ml. - Por la Izquierda: Colinda con el Lote 2B, con línea recta de un tramo A-B = 81.00 ml. - Por el Fondo: Colinda con Lotes 4A y 4B, con línea recta de un tramo B-C = 42.00 ml. ÁREA DE TERRENO: 3,259.33 m2. PERÍMETRO: 253.00 ml. SUBLOTES PROPUESTOS: Sub Lote 2A-1: - Por el frente, Colinda con la Avenida Costanera (antes Av. Miramar), con 10.52 ml. - Por la derecha, Colinda el Sub Lote 2A-2, en una línea recta de 82.43 ml. - Por la izquierda, Colinda con el Lote 2B, con línea recta de 81.00 ml. - Por el fondo, Colinda con el Lote 4B, con línea recta de 10.26 ml. ÁREA DE TERRENO: 809.08 m2. PERÍMETRO: 184.21 ml. Sub Lote 2A-2:

- Por el frente, Colinda con la Avenida Costanera (antes Av. Miramar), con 32.48 ml. - Por la derecha, Colinda con Calle 20A (antes Calle Nueva), con línea recta de un tramo, con 87.00 ml. - Por la izquierda, Colinda con el Lote 2A-1, con línea recta de 82.43 ml. - Por el fondo, Colinda con el Lote 4A, con línea recta de 31.74 ml. ÁREA DE TERRENO: 2,720.25 m2. PERÍMETRO: 233.62 ml. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el cual deberá efectuarse dentro de los 30 dias a partir de su notificación; asimismo la inscripción Registral ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, Zonal NºIX ­ Lima, que correrá a cargo de la propietaria. Artículo Tercero.- TRANSCRIBASE esta Resolución al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana de Lima (SERPAR), para la revisión de los aportes que correspondan. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria; a la Subgerencia de Obras Privadas conforme a sus competencias. Registrese, comuniquese y cúmplase. CARMEN DELIA TAY ANGULO Subgerente Subgerencia de Catastro 1416689-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Prorrogan vigencia de beneficio tributario y no tributario e incentivos a favor de contribuyentes del distrito, establecido en la Ordenanza N° 346-MVES
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2016-ALC/MVES Villa El Salvador, 16 de agosto del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS, el memorando Nº1175-2016-GM/MVES cursado por Gerencia Municipal, así como el informe Nº1172016-GAT/MVES, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, y el decreto de alcaldía Nº010-2016-ALC/MVES; CONSIDERANDO: Que, mediante ordenanza Nº346-MVES se otorgan beneficios tributarios y no tributarios a favor de los vecinos del distrito de Villa El Salvador hasta el 16 de julio del 2016, facultándose al alcalde en la quinta disposición transitoria y final para que, mediante decreto, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de aquella y para establecer su prórroga, de ser el caso, la misma que ve prorrogada su vigencia hasta el 15 de agosto, a través del decreto de alcaldía de vistos; Que, mediante informe de vistos, la Gerencia de Administración Tributaria reporta la existencia de solicitudes de los vecinos del distrito por que se amplíe la vigencia del beneficio y, de parte de la administración tributaria, disposición por corresponder al pedido, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de dicho beneficio hasta el 31 de agosto del 2016, inclusive; Que, según el artículo 42º de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía