Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2016 (18/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de agosto de 2016 /

El Peruano

de los Milagros, altura de la quebrada Huatiana, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral, la Zona Registral N° XI - Sede Ica, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 27 de mayo de 2016 elaborado en base al Informe Técnico N° 1261-2016-Z.R.N°XI/UR-CHINCHA de fecha 24 de mayo de 2016 (folio 08 al 10), respecto del predio de 5 278 900,92 m², señalando que el predio en consulta se encuentra en un ámbito donde no se tiene información gráfica, por lo que no es posible determinar si existe predio inscrito o no; Que el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, efectuada la inspección técnica con fecha 13 de mayo de 2016 (folio 25), se verificó que el terreno eriazo con una topografía irregular, conformado por suelos pedregosos parcialmente recubiertos con vegetación herbácea estacional (calcinadas por el sol), a la fecha de la inspección el predio se encontraba desocupado.; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, tratándose de un predio sin inscripción registral, corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 278 900,92 m2, de conformidad con el artículo 38°del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 002-2016/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0818-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 01 de julio de 2016 (folios 30 y 31); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 5 278 900,92 m², ubicado a 10 kilómetros Noreste del Asentamiento Humano Señor de los Milagros, altura de la quebrada Huatiana, distrito de Chincha Alta, provincia de Chincha, departamento de Ica, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI ­ Oficina Registral de Chincha de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de Predios de Chincha. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1416564-5

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 121-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 15 de agosto de 2016 Visto los Sustentos Técnicos de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha contemplado realizar conjuntamente con empresas peruanas del sector turismo, el "Workshop Chile", en las ciudades de Santiago y Antofagasta, República de Chile, los días 23 y 24 de agosto de 2016, con el objetivo de capacitar a tour operadores y agentes de viajes chilenos, de modo directo, presentando información especializada y actualizada de los destinos priorizados para este mercado, como son Lima, Ica, playas del norte (Tumbes y Piura), Amazonía (Loreto), circuito sur (Cusco, Arequipa y Puno) y de frontera (Tacna y Moquegua); siendo una actividad que permitirá incentivar la comercialización de nuestro destino, generando un espacio de encuentro entre operadores peruanos y chilenos; Que, asimismo cumpliendo las actividades programadas por la Subdirección de Turismo Interno de PROMPERÚ, se realizará conjuntamente con empresas peruanas del sector turismo, el "Seminario de Destino Perú en Iquique", el 25 de agosto de 2016, en la ciudad de Iquique, República de Chile, con la finalidad de promover al Perú, dentro de la cadena comercial de Iquique, como un destino con variedad de alternativas para realizar turismo, con especial énfasis en Lima, Ica, playas de norte (Piura y Tumbes), Amazonía (Loreto y Madre de Dios), circuito sur (Cusco, Arequipa y Puno) y de frontera (Tacna y Moquegua); Que, asimismo en el Mall de Las Américas de la ciudad de Iquique, se realizará los días 27 y 28 de agosto de 2016, activaciones BTL, con el objetivo de incrementar el tránsito de frontera del viajero chileno, a través de una novedosa presentación en formato 3D, que recrea paisajes y personajes animados de la regiones de Cusco, Piura ­ Tumbes (playas del norte), con la finalidad de impactar directamente en el público final, promoviendo de esta manera el turismo fronterizo; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice a las señoras Fanny Soledad Thivierge Bernuy y Milagritos Ayme Vidal Cueva, y al señor Omar Martin Bracamonte Omonte, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a fin de poder cubrir la comisión de servicios al exterior, a las ciudades de Santiago, Antofagasta e Iquique, República de Chile, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú según lo descrito en los considerando anteriores; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al